lunes, 12 de julio de 2010

El fontanero de Mujeres Desesperadas, en quiebra económica.

El episodio de ayer lunes de Mujeres Desesperadas (La 2, 9,10 de la noche de lunes a viernes), en una de las tramas familiares de Wisteria Lane desarrolla el caso del fontanero Mike que no puede hacer frente a sus pagos corrientes ni de Hacienda debido a la morosidad de sus vecinos que no le abonan sus trabajos de fontanería. Su mujer Susan , trata de cobrar sus impagos probando diferentes tácticas que van desde mover la compasión de los deudores a las técnicas más heterodoxas como presiones y amenazas de toda índole. Pero sus esfuerzos no impiden que tengan que dejar su casa en la urbanización (alquilándola) para trasladarse a otra más modesta.
Oportuna exposición del tema, que refleja la situación en EEUU y Europa , de la situación de muchos autónomos golpeados por la cadena de impagados cual cadena de fichas de dominó que se derriban unas a otras.

viernes, 18 de junio de 2010

La morosidad del sistema financiero subió hasta el 5,49% en Abril.

La morosidad de los créditos del sistema financiero español (bancos, cajas de ahorros, cooperativas y establecimientos financieros de crédito) cerró abril en el 5,49%, lo que supone un aumento respecto al mes anterior, cuando se situó en el 5,33%.

Según los datos hechos públicos este viernes por el Banco de España, con respecto a abril de 2009, la morosidad sube 0,98 puntos, pues hace un año estaba en el 4,51%.

Del total de 1,818 billones de euros en préstamos, 99.894 millones de euros son activos dudosos, frente a los 83.862 del mismo mes del año pasado y los 97.469 millones de marzo de este año.


Copiado de www.eleconomista.es

jueves, 17 de junio de 2010

España es el tercer pais con el plazo de pago real más largo de Europa, tras Grecia e Italia.

España es el tercer país con el plazo de pago real más largo de Europa, tras Grecia e Italia. Tarda 103 días de media en pagar sus facturas, frente a los 22 días de Finlandia, el país europeo con el plazo medio de pago más corto de Europa, y casi el doble que la media europea. Y el sector público español paga a 154 días, muy por encima de los 67 días de la media europea.

Este es uno de los principales datos presentados en la conferencia El rol financiero en un ambiente de crédito limitado, que reunió a profesionales del área financiera y de crédito en España, según informó hoy Intrum Justitia.

En España se ha reformado recientemente la Ley de Morosidad, que obliga a la Administración Pública a reducir los plazos de pago a 30 días y a 60 días a las empresas.

Ante esta reforma, Luis Salvaterra, director general de Intrum, comentó que "se trata de una medida muy necesaria en España para disminuir las diferencias existentes entre los países del sur de Europa con los países del norte, como Suecia o Finlandia".


Copiado de www.eleconomista.es


El pasado jueves, 17 de Junio de 2010, el Congreso de los Diputados aprobaba una Ley de morosidad que modifica la Ley 3/2004, por la que se establecían medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. La principal novedad consiste en la eliminación del pacto entre las partes, que es la piedra angular de la reforma aprobada. Establece la obligatoriedad del pago a 30 días por parte de las administraciones públicas y a 60 días en el caso de las empresas para los pagos s sus proveedores, a partir del 1 de Enero de 2013, siguiendo un período transitorio hasta ese momento.

Copiado del artículo de Javier Lasarte "La nueva ley de morosidad" publicado en El Correo del 20-06-2010.


Con la aprobación de esta reforma, la Administración tendrá que hacer los pagos en 55 días desde la entrada en vigor del texto, en 50 días desde el 1 de enero de 2011, en 40 días desde el 1 de enero de 2012, y en 30 días a partir de 2013. La empresa privada, por su parte -excepto las del sector alimentario-, deberán abonar la deuda (desde la recepción de la mercancía, no de la factura) en 85 días desde que entre en vigor la reforma hasta 2012, en 75 días desde el primero de enero de 2012; y en 60 días desde que comience 2013.

NUEVO PLAZO MÁXIMO DE PAGO EN OPERACIONES COMERCIALES (por imperativo legal)

NUEVO PLAZO MÁXIMO DE PAGO (por imperativo legal)

ÁMBITO

AÑO 2010

AÑO 2011

AÑO 2012

AÑO 2013 en adelante

CONTRATO PRIVADO

85 días

85 días

75 días

60 días

CONTRATO PÚBLICO

55 días

50 días

40 días

30 días

SUBCONTRATA-PÚBLICO

120 días

120 días

90 días

60 días

FRESCOS/PERECEDEROS

30 días

30 días

30 días

30 días


lunes, 31 de mayo de 2010

Las empresas españolas pierden 2.460 millones de euros anuales por impago.

Las empresas españolas sufren unas pérdidas de 2.460 millones de euros por las facturas impagadas, lo que supone el 2,5% del total de su facturación anual, según el 'Índice de Riesgo 2010' elaborado por Intrum Justitia.

El estudio concluye que las empresas españolas tardan 98 días en pagar su facturas frente a los 54 de la media europea, lo que supone que arrastren su morosidad durante 44 días más que sus vecinos europeos.

El riesgo de las operaciones comerciales en España ha alcanzando su peor nivel desde 2004 situándose en 167, un nivel donde la intervención es necesaria para disminuir los niveles de riesgo.


Copiado de www.eleconomista.es 31-05-2010

domingo, 2 de mayo de 2010

Cómo recuperar el IVA de facturas impagadas. Procedimiento

La empresa acreedora tiene 6 meses (contados desde la fecha de su emisión) para reclamar el pago judicialmente -como hasta ahora- o mediante requerimiento notarial -según la nueva posibilidad- al deudor. Si no lo hace pierde el derecho. También lo pierde si no usa los 3 meses posteriores a estos 6 meses para hacer las gestiones de recuperación.
Estas gestiones consisten en confeccionar una factura rectificativa que debe enviar al deudor (es conveniente hacerlo por medio fehaciente). Desde la fecha que hace y envía la factura rectificativa al deudor, tiene 1 mes para comunicárselo a Hacienda. De esta manera Hacienda pasa a ser acreedora de nuestro cliente y él, deudor de Hacienda.

El texto completo del Real Decreto-ley del 9 de Abril de 2010 se puede consultar en la siguiente dirección

http://www.boe.es/boe/dias/2010/04/13/pdfs/BOE-A-2010-5879.pdf

domingo, 25 de abril de 2010