viernes, 29 de mayo de 2009

Caducidad-prescripción de las deudas comerciales.

En realidad las deudas no caducan nunca, únicamente prescriben si el acreedor no las reclama durante un determinado plazo que marca la ley.
Lo que puede pasar es que la acción ejecutiva - presentación de un demanda de juicio ejecutivo- contra el deudor prescriba en el plazo de tres años cuando la deuda esté documentada en letras y pagarés y el acreedor no haya ejercitado la acción contra el moroso.
En caso que la acción ejecutiva haya prescrito, la deuda sigue vigente y el acreedor siempre puede reclamar extrajudicialmente el pago o acudir a un juicio declarativo.
Por otra parte, la mayoría de las deudas comerciales o empresariales, así como las de los particulares, prescriben a los 15 años, y esto es un plazo de prescripción, pero no de caducidad. Esto significa que si antes de que hayan transcurrido los 15 años, el acreedor reclama judicial o extrajudicialmente el pago al moroso, el plazo de prescripción queda interrumpido y se pone el contador de nuevo a cero.
Por lo tanto en teoría una deuda podría mantenerse siempre vigente, si el acreedor tiene la perseverancia y la constancia de ir reclamando el pago antes de que pase el plazo de prescripción.


17.07.2010
Como veo que este tema interesa a muchos, voy a tratar de exponer de una manera más completa los diferentes aspectos que hay que tener en cuenta sobre ello.
Para reclamar una deuda, existen unos plazos señalados por ley. Además, debe concurrir también que el acreedor no haya ejercido antes su derecho ni extrajudicialmente (a través de un requerimiento notarial, telegrama, carta, etc) ni judicialmente (en los tribunales) y que el deudor no haya reconocido ese derecho.
Otro principio general es que el plazo se puede interrumpir (es decir, el tiempo trascurrido se anula y empieza a contarse de nuevo) por alguna de las razones indicadas antes: de tal forma y si estamos atentos a los plazos, una deuda no prescribirá nunca. Y anotar que no es fácil determinar en cada caso concreto, el tiempo que le corresponde para su prescripción: una cuestión que da lugar a muchas confusiones es fijar a partir de qué momento empieza a contar el plazo y también determinar si un caso se engloba en el supuesto general de 15 años de plazo o pertenece a algún supuesto particular.

¿DE CUANTOS AÑOS DISPONGO?
15 años. El Código Civil establece que el plazo general durante el que se puede reclamar el pago de una deuda es de 15 años. El plazo general se suele aplicar siempre que la ley no establece otro especial, que son los que a continuación detallamos.
5 años. Las acciones para exigir pagos regulares y periódicos que deban hacerse por años o en plazos más breves prescriben en el trascurso de 5 años.
3 años. Es el plazo establecido para el cumplimiento de las obligaciones siguientes: pagar a jueces, abogados, registradores, notarios, peritos y agentes sus honorarios y derechos, así como los gastos que hubiesen realizado en el desempeño de sus cargos. También tiene prescripción trienal pagar a los farmaceúticos por las medicinas suministradas, y pagar a los profesores y maestros sus honorarios por el ejercicio de su profesión. Durante el mismo tiempo pueden reclamar sus honorarios quienes ejercen una técnica profesional, quienes profesionalmente se dedican a la hostelería y, por último , los vendedores pueden reclamar el precio de la venta de su género.
1 año. En el trascurso de un año prescriben las acciones para exigir la reparación del daño ocasionado por responsabilidad extracontractual, es decir, las obligaciones derivadas de la culpa o negligencia desde que lo supo el agraviado.
4 años. La Administración tiene 4 años de plazo para reclamar deudas tributarias y las prestaciones que indebidamente haya realizado.

Entresacado del artículo de la revista de la OCU "Dinero y derechos"

524 comentarios:

  1. Hola amigo
    Recibí un premio literario en diciembre de 2008. A fecha de hoy, la Fundación correspondiente NO me ha pagado el premio de 4000 euros. ¿Cuándo caduca mi derecho a reclamar el premio, y cuándo caduca para ellos la obligación de pagármelo? ¿Cómo se rompe la caducidad (prescripción) de la deuda? ¿Con promesa de pago, o no se rompe? Por favor, citar la legislación (articulado) correspondiente en la respuesta.

    Muchas gracias.

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  2. Hola Stefan:
    como bien dices, estas hablando de un "premio": ni es un contrato laboral, ni es un contrato mercantil. Las claúsulas por las que se rigen estos premios vendran establecidas en los estatutos de esta Fundación, que a su vez se regirán en la reglamentación más amplia sobre Fundaciones.
    Por tanto nada tiene que ver este tema con el caso de los contratos empresariales entre pymes y autónomos y sus plazos de caducidad y prescripción de deudas.
    Esto es a mi entender, el concepto que debes tener en cuenta y desde donde debes arrancar.

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  3. Hola Bernardo!!!...espero estes muy bien!.

    Primero que nada disculpa que me entrometa en tu pagina ,pero necesito de tu apoyo, por favor!...
    Te cuento he recibido , segun lo que entiendo una "Demanda ejecutiva -ademas dice en el informe - con mandamiento de ejecucion y embargo".((la entidad se llama Caja de compensacion de los Andes...en el cual se adquirio un prestamo de consumo,año pasado) .Lamentablemente esta accion legal se provoco por la cesantia de mi esposo(lo despidieron hace algunos meses) ,sabes jamas nos habiamos visto envuelto en algo asi....hoy (29/9/09)vi en mi jardin esta notificacion ...y me puse ha investigar para ver como ocuparme y solucionar esto ...me afligi un poco y buscando te encontre ....estoy preocupada! me puedes ayudar?? ,soy una mujer sencilla, que poco entiende de temas legales ..que puedo hacer para parar esto? ...o ya es un caso perdido.
    Te agradeceria desde lo mas profundo de mi ser cualquier sugerencia ,consejo o asesoria frente a lo expuesto .
    Graciasss!
    Cariños ,Vane ,de Chile

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  4. Hola Vane:
    lo primero, que estos temas sean un capítulo más de tu vida, de los que saques enseñanzas para que no vuelvan a repetirse en el futuro.
    Lo segundo , perdona mi tardanza en contestarte, porque no había visto el mensaje hasta ahora.
    En España, cuando se llega a la "ejecución y embargo" han pasado muchos trámites. El último, es publicar la decisión del juez para que el deudor pague, en un periodico oficial.Se llega a esto, porque el juzgado no ha podido encontrar al deudor por ningún medio y es una acción definitiva para acabar el proceso y satisfacer la deuda.
    Vosotros por desconocimiento (lo dudo), por falta de orden en vuestros asuntos, por falta de medios, habeis llegado a esta fase última que nunca debía haber llegado .
    ¿Qué hacer ahora? Evidentemente, tratar de pagar, si se puede. Pedir el dinero a algún familiar que te va a cobrar menos intereses (o ninguno)que pidiendo a una empresa. Si no conseguis dinero, el acreedor se cobrará-embargará vuestros bienes (casa, coche etc) que tengan algún valor.
    Si se llega a este punto, hay que pensar con filosofía y tener el coraje de empezar de nuevo: buscar un trabajo, aunque sea en otra ciudad, empezar con una vivienda que puedas pagar, comprar las cosas que realmente son nesarias. Muchas personas han pasado por ello y han salido adelante. ¿por qué no vosotros? No podeis quedaros de brazos cruzados (tanto física como mentalmente)y pensar que va a venir alguien a arreglaros vuestra economía . Vosotros podeis hacerlo. Animo.

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    1. 'Para como te llaman ahora " psicologo ? o sos abogado ?? Necesitamos soluciones !!

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    2. Vaya respuesta Bernardo, parece que estas del lado del los bancos, asi no ayudas mucho, yo soy deudor de una tarjeta de credito para consumo y tiene 6 años de esto, al principio me estuvieron lloviendo requerimientos con intereses inflados, cartas de embargo y despues los famosos descuentos de hasta 60%, al principio me afligi, pero despues investigue y una amiga que sabe de estos asuntos de las tarjetas y me dijo que si no pagaba, pues no habia problema; ella me explico que ya no le debia yo al banco, que mi cartera vencida, como la de muchos mas, fue vendida a los famosos, despachos juridicos, que no son otra cosa que despachos particulares que compran cartera vencida a los bancos (cosa que no es legal) a precios muy bajos, para despues intentar cobrar lo mas posible al deudor y sacar un beneficio economico, para esto recurren a las amenazas y el hostigamisnto desmedido (lo cual tambien es ilegal), ya sea por llamadas telefonicas y visitas de sus sabuesos con supuestas ordenes de embargo, (lo cual tambien es ilegal, solo cuando no firmaste un pagare al momento de solicitar tu credito), si cedes a la presion ya te cobran y se van felices, si no logran encontrarte ni cobrarte, entonces venden tu cartera vencida a otro despacho juridico y empieza de nuevo el ciclo, hasta que ya ningun despacho quiere comprar tu cartera vencida, la pregunta es si crees aguantar la presion por mas tiempo, yo lo sigo haciendo, de hecho solo me molestaron los primeros 3 años y ya practicamente se olvidaron de mi. Te recomiendo informarte con conocidos que tengan experiencia en estos casos, saludos, bye.

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  5. Hola, tengo un problemita, en el 2005, mi abogado gano mi cado de accidente de trafico, procedieron a darme mi indemnización, pero el abogado desconto de la misma su minuta, y me entrego el documento de entrada de mi compañia en la que se pedía dicho importe. Ese documento ha estado perdido todo este tiempo y mi duda es ¿puedo reclamar el importe a la compañía? o ¿a caducado o preescrito?
    Muchas gracias, ¿podria contestarme alquien?

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  6. yo entiendo que no ha prescrito el pago de la minuta del abogado por la cpia. de seguros. Habla con tu abogado y tu compañía para retomar y encauzar el tema.

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  7. hola mi pregunta es por motibo de desempleo de ase 3 meses no pago mi deuda de una targeta de 1200 y otra de corte ingles de 400 quiero saver que proseso legal vas aser conmigo

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  8. primer paso, te llamarán y te mandarán cartas avisándote que tienes esa deuda y que pagues.
    Si no pagas, te abrirán un proceso monitorio (o sea un proceso judicial): el juzgado te lo comunica y tienes 20 días para oponerte (alegar algo) o no. Si no te opones, el juzgado da por buena la deuda y te requerirá (comunicará) para que la pagues. Si no pagas te meterán en un índice o fichero de morosos.
    Al estar en estos ficheros no te van a conceder créditos, ni tajetas de crédito, ni te van a vender un coche a crédito etc.

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  9. Hola amigo, conozco gente muy humilde que años atras Lider les dio tarjeta sin pedir mayores antecedentes, obviamente muchos compraron irresponsablemente, hoy muchos no pudieron pagar la deuda por su realidad economica, hoy estan en Dicom sin posibilidad de postular a un subsidio para una casa, ya que unos de los requisitos es no tener Dicom... ¿pueden acceder a alguna solucion?

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  10. hola bernardo, hace unos 8 años entré en juicio con ccc porque me sentí estafada con unos libros que prometieron que podría trabajar de una cosa y era mentira. Me mandaron una carta proponiéndome un cambio de curso y les dije que ya no los creia. Total que ganaron el juicio y me pedian 1200€, Total que no los pude pagar y ahora me piden que los pague. Fui al juzgado y contesté que somos 4 de familia (2 menores) y que estamos desempleados. Solamente entran los 421 de la ayuda familiar de mi esposo, rogando que no los embarguen. Me los pueden coger? cuatos intereses me pueden cobrar por no haber pagado todavía? Gracias por todo

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  11. estimado fui despedido el año 2006 y desde entoces trabaje en pololitos hoy hace 3 meses me encuentro trajando en una empresa que esta asociada a la caja los andes donde deje una deuda, ya que cuando me finiquite no pague nada la empresa avalo en prestamo 6 meses antes de mi despido y el prestamo era mas de 2.000.000 y me estan descontando 2 cuotas a la ves 125000 pesos de sopeton que hago ????

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  12. hola....... debo en falabella desde octubre del 2010,estoy en dicom y mi deuda me aparece como CUOTA MOROSA a la fecha..estara en condiciones de ser prescrita....de antemano gracias.

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  13. Hola: Ayerun estudio Juridico de capital federal me hace un reclamo de una deuda que mantengo con CTI del año 1997. La cual estoy seguro de no tenerla.En realidad paso tanto tiempo que fui limpiando mis carpentas con los comprobantes de pago. Las guarde por algun tiempo y luego las tire. Debo volver a pagar? como me defiendo ahora no tengo mas los comprobantes. Pueden desp de 13 años hacerme el reclamo? Gracias. Martin A.

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  14. hola, me reclaman una deuda de una factura que fue aparentemente cobrada a la persona equivocada (cargada en otra cuenta). Me pregunto si es que pasados mas de tres años tengo la obligación de localizar, la factura, la salida de la misma y abonar el importe a mi ex-cliente, que me lo reclama.
    Muchas gracias

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  15. En primer lugar, constatar la tardanza que estos temas de impagos se toman en España. Ahora iba a poner una reseña aparecida en eleconomista.es sobre el ranking de España en la cuestión de los plazos de pagos. Sería inconcebible en otro pais que despues de tres años no se haya corregido una equivocación de impago (en este caso aparentemente por un error).
    Tiene que abonar su factura impagada, porque tiene una vigencia de 15 años. Puede abonarla Usted mismo, o pedirle o su ex-cliente que se la vuelva a pasar correctamente a su cuenta.
    Un saludo.

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  16. HOla,

    Usted sabria decirme, si no se me reclama una deuda que tengo con el corte ingles por la financiacion de un viaje (1500 euros), si la acción de acudir al juzgado prescribe al año del ultimo recibo impagado?

    Muchas grácias.

    Nüria

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  17. Hola Nuria. Las deudas (empresariales como de consumo) prescriben a los 15 años. El Corte Inglés le reclamará tarde o temprano, y tiene mucho tiempo para hacerlo, lo que me extraña es que todavía no lo haya hecho.

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  18. Bernardo, encantado de saludarle...

    Soy un joven arquitecto de Valencia, y después de mucho indagar me he encontrado con su blog. Me ha llamado la atención su comentario sobre la prescripción de las deudas mercantiles, dado que por internet he encontrado mil opiniones y todas distintas, pero ninguna que hablara de 15 años... Tengo entendido que el plazo la interposición de una reclamación por impago de honorarios profesionales (como es mi caso) prescribe a los 4 años ¿no?. Incluso me he encontrado algún abogado que dice que dicho plazo se empieza a contar desde el comienzo de la "prestación del servicio" impagado, y no desde el día de la emisión de la factura, que es muy posterior... Muchas gracias.

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  19. Hola Antonio: los plazos generales para la prescripción de una deuda son de 15 años. Pero como en todo hay excepciones y particularidades.
    Así, los pagos que se hacen por periodos o regulares prescriben a los 5 años.
    Y tienen tres años para prescribir las deudas de lo honorarios de jueces, abogados, registradores, notarios, peritos y agentes así como los farmacéuticos, profesores y maestros y los que ejercen una técnica profesional (este sería tu caso).
    Finalmente el plazo en tu caso concreto se empieza a contar los tres años desde la fecha de la entrega del bien o servicio (no desde que empezaste a trabajar en ese proyecto) aunque sea distinta de la factura.
    Un saludo.

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  20. hola soi x tengo una deuda(1700) con cetelem de hace 4 años y hace dos años que deje de pagarla por estar en el paro etc...deje de pagarla porque me tire 1año y 3 meses pagando todos lo meses 120€ y despues de eso me mandanron una carta diciendome k devo 1500€ y ahora me estan reclamando otra vez el dinero¿que me va a pasar?
    espero tu respuesta un saludo!

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  21. Hola "16 de Julio de 2010" anónimo.
    O no te explicas bien, o faltan datos. Si el principal de la deuda son 1.700 € calculando un interés del 10€ nos daría 170 € de interes en un año. 1700 principal + 170 intereses/año= 1870 deuda del primer año.
    Si has pagado 15 cuotas de 120 € = 1.800 €. O sea que has pagado bastante del principal o yo diría que todo en 15 meses.
    ¿A qué viene que ahora te reclamen 1500 €?. No me salen las cuentas. Perdona.

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  22. Me acaban de reclamar una deuda de hace 4 años, a la cual no tuve ningun aviso, ninguna carta ni nada diciendo que debia ese dinero, y ahora me exigen que lo pague en 7 dias...No puedo reclamar o algo por no llegarme ningun aviso?

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  23. Hola Anónimo del 10.08.2010
    Por lo que entiendo, ese aviso para que pague en 7 días es lo más parecido a un embargo si no paga ¿o no?.
    Los jueces, antes de embargar a una persona o empresa agotan muchos medios para comunicarle "fehacientemente" que tiene esa deuda y que la pague(yo diría que hasta son demasiado exquisitos en ese tema). Si no encuentran al deudor despues de todos los intentos que hacen, y para resolver el punto muerto publican ese aviso en el Boletín Oficial de la provincia (que casi nadie lee por cierto) para en el término de 10 días se pague la deuda y en caso negativo dicta sentencia de embargo a los bienes del deudor.
    Si la deuda era una letra de cambio, debe pagar en el plazo que le dan, porque si no le embargarán. Y no se puede recurrir, porque se han agotado todos los plazos aunque UD. alegue que no se ha enterado.
    Si el aviso era para comunicarle un juicio monitorio u ordinario por una deuda vencida y no pagada, puede oponerse... o dejar que la demanda siga su curso (da a entender que admite la deuda: si paga, se acaba el proceso. Si no paga el juez dictará sentencia de embargo)

    Si se opone, el juez le dará cita para oirle y dictar sentencia. Debe ir con abogado y procurador.

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  24. Hola Bernardo, hace cuatro años y un mes nos pusimos en contacto con un arquitecto para que nos hiciera el proyecto de una vivienda unifamiliar a realizar en nuestra parcela. Vino, vio la parcela, comento con nosotros y, unos días más tarde nos citó para presentarnos un boceto del proyecto sin cotas y una propuesta de honorarios sin firmar. El boceto nos pareció bien pero el presupuesto quedamos en estudiarlo y que ya le contestaríamos, cosa que no hicimos.
    Hace dos días nos ha reclamado por teléfono una deuda de 1.400 € por los trabajos previos realizados.

    Nosotros habíamos olvidado el proyecto, no hemos hecho la vivienda y posiblemente no lo hagamos en el futuro. Pensábamos que no le debíamos nada, ya que no nos habíamos puesto en contacto en ningún momento y nos parece excesiva la cantidad que se nos solicita, máxime cuando nadie nos comentó que los trabajos previos tenían un precio.

    ¿Podemos ampararnos en el artículo 1967 de CC para decirle que la deuda ha prescrito?

    Te agradecería una respuesta
    Saludos

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  25. Anónimo del 21-08-2010
    En mi opinión este arquitecto no tiene derecho a exigir ningún pago, porque primero y principal de todo , su derecho al cobro (suponiendo que lo tuviera, que tampoco lo tengo muy claro) son tres años, pasados los cuales ese derecho a prescrito. Y ya puede decir misa.

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  26. Hola Bernardo soy de Argentina queria preguntarte po una deuda que tengo con unas tarjetaa de credito desde hace 11 años el tema es que hoy recibi una carta para regularizar la situacion me habian dicho que esta deuda estaba prescripta es asi, como puedo hacer para saber?? Muchs gracias!!!! Pd: uma de las deudas fue por prestarla y me negue a pagar algo que no fuera mio y otra por quedar sin trabajo y la verdad elegi comer!!!!

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  27. Hola anónimo de Argentina.
    Las deudas de las terjetas y las ventas en general prescriben (que no caducan) a los tres años... si durante ese tiempo no se ha iniciado una acción judicial que pondría el contador a cero, y periódicamente se renovara ese requerimiento de modo que si ha ocurrido esa circunstancia la deuda puede seguir vigente toda la vida. Yo llamaría a la entidad acreedora (la que te solicita que pagues ) y que te explique el estado de tu deuda y si te la reclamaron etc.
    Te recomiendo que trastees un poco en esta dirección de internet www.enricduran.cat. En la parte izquierda viene un índice bajo la denominación de RECURSOS y busca ahí lo que te interese. (a veces no aparece a la primera, y despues de trastear por otros apartados, sale ese índice a la izquierda).

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  28. Hola Bernardo,

    En el 2005 me mudé a Inglaterra y dejé dinero en mi cuenta del Santander para que se debitaran las tarjetas de crédito. Pasados casi dos años, al realizar unos trabajos de traducción para una empresa española, ellos me dieron de alta en la seguridad social y recibieron un comunicado que decía que debían embargarme la nómina.
    Por teléfono no me dan información de mi cuenta, dicen que debo presentarme en mi sucursal de origen.
    Si quedaron deudas de mis tarjetas, cuando caducarían? Si quiero pagar las mismas, debo pagar intereses?
    Te agradezco mucho tu respuesta y el servicio que nos brindas!

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  29. Hola anónimo de Inglaterra. El embargo de la nómina es a partir de unas cantidades que se consideran intocables para que la persona pueda sobrevivir. Las deudas no caducan, prescriben despues de un cierto tiempo. Para las tarjetas suelen ser 3 años, pero si en ese tiempo ha habido una reclamación fehaciente, el contador se pone a cero y así hasta el infinito. Tienes que pagar intereses altísimos ,sobre un 20% anual (para mi entender que rayan en la usura). Para más información puedes entrar en la web www.enricduran.net (trastea un poco, y en la parte izquierda, te aparecerá un índice con casos prácticos de personas con deudas en diferentes situaciones).
    Si no puedes ir a la sucursal de origen, yo les llamaría y les expondría tu situación para que te informen qué puedes hacer y cómo saldar tu deuda.

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  30. Hola anónimo de Inglaterra. Rectifico: la dirección de lan página web no es www.enricduran.net sino www.enricduran.cat.

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  31. Buenos días,
    ¿Puede el abogado descontar la minuta que el cliente le debe, tras ganar un pleito, del principal que la condenada ha ingresado en el Juzgado y entregar en consecuencia al cliente el resto? ¿o por el contrario está obligado a entregarle todo y luego reclamar su minuta a ver si la cobra?
    gracias

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  32. buenas bernardo, tengo una duda,por presion, tube q cojer a un abogado de pago, para q llevara mi divorcio, tube 3 jucios, finales de febrero el 1, segundo primero de mrzo, y el ultimo , el cual me consedieron,el divorcio. han pasado cuatro años, desde entonces,y este señor,me hizo firmar, el año pasdo un papel, en el cual, el se cobraria, una deuda, de 9000 euros,pero en el papel q yo firmo, ponia fecha de 2007.mi duda es la siguiente,ha prescrito esta deuda con este letrado?, procuradores y demas?,puede reclamarme la deuda oh meterme x lo judicial?.necesito x favor, q me conteste,porque este hombre me esta presionando,queriendo que le firme , otros papeles,un saludo antentamente, muchas gracias

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  33. Hola anónimo del 1 de Octubre.
    El deudor puede cerrar su deuda de muchas formas. Bien como tú dices, ingresando en la cuenta del Juzgado el importe de la deuda, bien teniendo un trato personal con el acreedor, bien ingresándolo en la cuenta del abogado del acreedor. Y además, lo puede hacer lo expuesto anteriormente total, parcial, en metálico, entregando el equivalente en bienes inmuebles etc. El abogado debe cobrar de su defendido, antes o despues... pero si no cobra de su defendido este pasará a ser deudor... de su abogado.

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  34. Hola anónimo del 2 de Octubre:
    Las profesiones liberales com jueces, registradores, notarios, peritos tienen 3 años para reclamar sus honorarios y gastos que hubieran realizado en el desempeño de sus cargos. Entiendo que tambíén tienen el mismo plazo los procuradores. Pasados los cuales, prescriben (si no se lo han notificado fehacientemente, en ese periodo. Si lo hacen, el contador se pone a cero y se empiezan a contar otros 3 años y así al infinito). Si la factura que firmó al abogado tenía fecha del 2007, según el mes y día de la firma ha podido prescribir o no. De todas formas puede entrar en la web www.enricduran.cat y trasteando, le aparecerá a la izquierda un índice con casos que se exponen p.e. en la categoría "foro de morosidad" (debajo de la categoría de idioma, aparecerá).

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  35. hola tengo una pregunta soy de argentina, hoy me llamaron para reclamar una deuda del año 2001 en una targeta de credito en cba en realidad es de una adicional que le di a mi mama y ella se endeudo e hizo un plan de pago haciendose cargo de la deuda y firmo documentos por esto,resulta que mi mama pago un par de cuotas y no mas, ahora ella fallesio hace un mes y hoy me llaman a mi diciendo que yo la tengo que pagar.yo no firme nada,como mi mama pudo pedir un plan de pago sin mi autorizacion? ella se puede haber hecho cargo del total de la deuda. porfavor ayuda

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  36. Tenia una tarjeta de credito desde hace mas de 15 anios, que he ido pagando durante casi trece anios pero que he decidido dejar de pagar porque aunque hace como 5 anios que esta inactiva, los intereses siguen acumulando y todavia queda una deuda de 700 euros. Al haberse realizado el contrato de adqusicion de tarjeta hace mas de 15 anios, pero haberse realizado pagos hasta hace apenas cinco anios, se considera la deuda preescrita o no?

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  37. hola anónimo de Argentina. Lo primero, pienso que esta experiencia te haga corregir esa error de compartir el dinero en cuentas, tarjetas etc con otras personas aunque sean familiares. Incluso con la mujer e hijos. Y si con la mujer existe separación de bienes mejor que bienes compartidos en el matrimonio.
    Respecto a lo de la tarjeta, pienso que no estas obligado a asumir lo que firmó tu madre: la deuda está a tu nombre, pero prescribió: los de la tarjeta estaban contentos hasta que tu madre murió porque a ellos les da igual quién pague.
    Yo pasaría de sus llamadas, hacerse el sordo, y sobre todo no firmar ni recoger los requerimientos que te manden. A ver qué movimientos hacen: si les contestas pueden tomarlo como que reconoces la deuda
    También consultaría con alguien en Argentina, alguna asociación de consumidores.
    Puedes ver la web www.enricduran.cat: si trasteas un poco, aparecerá a la izquierda un índice nuevo y miras en el concepto "foro morosidad" y verás muchos casos similares al tuyo y las respuestas que dan.

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  38. Hola anónimo del 8 de Octubre. Tu caso de la tarjeta de crédito desde hace 15 años no lo entiendo.
    De todas formas en la web www.enricduran.cat puedes ver casos parecidos o de parecido tema al tuyo. En el índice que aparece a la izquierda al principio no sale la entrada adecuada.
    Si trasteas un poco , aparece en ese lado izquierdo un índice y en él "foro de impagados" donde muchas personas exponen sus casos particulares que quizá te ayuden en tus dudas con este tema.

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  39. Hola, mi consulta es la siguioente:
    En octubre de 1999 se me embarga judicialmente la nomina para el pago de una deuda bancaria cumpliendose esta en julio de 2010, cuando ya crei haber quedado libre de pagos recibo una notificacion judicial en la que se me reclaman 2100 euros por tasas de abogado y procurador; ¿es legal esto? ¿ha prescrito esa deuda?
    Muchas gracias

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  40. Hola, tengo la siguiente duda:
    Hace unos años tenia un comercio que ya no existe, uno de mis proveedores era un fabricante italiano de zapatos, ahora me reclama el pago de una factura de hace 4 años, antes nunca me la había reclamado, estoy obligada a pagarle??

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  41. Hola anónima zapateril.
    Los vendedores pueden reclamar el precio de la venta de su género dentro de los tres años posteriores, pasados los cueles prescribe la deuda.
    Moralmente estas obligada a pagarle (por eso se dice que las deudas no caducan nunca, prescriben). Legalmente pienso que no. O sea que si no puedes o no te apetece pagar, ni le contestes (no vaya a ser que el mero hecho de contestarle se interprete que reconoces la deuda).

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  42. Hola José.
    La prescripción de las deudas es un tema muy complejo incluso para los profesionales, porque un mismo tema se puede interpretar que entra dentro de la prescripción o no.
    En tu caso no lo se exactamente. Si has recibido una notificación judicial y no respondes o pagas, el siguiente paso será ponerte un juicio monitorio: o quizá esa notificación judicial sea el juicio monitorio. Consultalo con algún profesional de leyes, porque si es un monitorio, yo probaría a oponerme y para eso necesitas abogado y procurador.
    Pero a mí también me extraña que en la deuda que has pagado con tu nómina no estén incluidos los gastos judiciales. Supongo que tendrás acceso al expediente antiguo, y ahí vendrán todos los importes por los que te embargaron la nómina. Revísalos y nuevamente coméntalo con tu abogado.

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  43. Hola Bernardo,

    pago 800e y no llego a fin de mes y mi casa se ha desvalorizado estos años hasta el punto que estoy pensando dejar de pagar y que se la quede el banco. Si en el futuro heredo y me hacen pagar la deuda, intereses, etc ¿la casa sería mia al pagarla no aunque la pagase mucho mas cara? pero es que ahora vivo asfixiada.

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  44. Hola anónima que paga 800 € al mes. Lo principal es vivir; si te tienes que quitar de comer para pagar la hipoteca no acabarás bien.Consúltalo con el banco
    po si no te dan alguna solución que entre dentro de tu presupuesto . También podrías sopesar el compartir tu piso, para cobrar un alquiler que te haga más soportable el pago de las cuotas mensuales: últimamente es algo que se extiende en el mercado del alquiler.
    La última solución sería que el piso se lo quede el Banco pero ojo !!! podría ser que como dices, el piso valga menos que cuando lo compraste y no cubririas la deuda que te queda con ellos, por lo que todavía serías morosa por la diferencia: en ese caso buscarían otros bienes o ingresos tuyos para saldar la deuda. Es una posibilidad que no se si te afecta a tí.

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  45. Hola, un familiar vendio una casa en el año 1996, y el comprador nunca pagó la última cuota pactada por la venta, la que vencía en en diciembre de 1997, se la podra reclamar ahora o ya se perdió el derecho a percibir y/o reclamar la misma? Saludos y gracias

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  46. Hola anónimo "familiar".
    Algunas normas de prescripción entran en vigor a los 3 años, otras a los 5 años y vienen especificadas. Las que no pueden meterse en estas categorías prescriben a los 15. Para mí que hay muchas posibilidades que esta deuda sea una de esas de los 15 años. Consulte el tema con un entendido o profesional, y si consigue cobrar esa cuota, me deja pagado un chupito en el bar de abajo.

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  47. Hola Bernardo. Tengo una pregunta si tienes una sentencia por dejar de pagar a la financiera un coche y nunca te han podido embargar nada. ¿Cuándo caduca la deuda? A los 5 años. Entre caducidad y prescripciñon tengo un lio....me lo podías explicar. Mil gracias

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  48. Hola anónima de la financiera del coche.
    Prescripción se refiere al tiempo que legalmente se te puede reclamar una deuda cierta y vencida. Una vez pasado ese tiempo, legalmente nadie puede exigirtela. Otra cosa es que moralmente tu debas pagarla si la reconoces: si no la pagas, siempre serás el deudor .... me supongo que contra más lejos y más poderoso esté y sea al que debemos, menos "morales" nos sentimos.
    Las sentencias de embargo tienen una vigencia de 5 años: si no se ejecutan en ese periodo se puede volver a empezar de nuevo hasta cumplir 15 años (o sea tienen tres oportunidades).

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  49. Hola, Bernardo soy de chile.
    A mi mamá le llegó una notificación de una casa comercial "falabella" de una deuda que es del año 1995 actualmente ella tiene 77 años. Que puede pasar si no paga la deuda.
    La carta dice que ella debe $585.000 pero si paga antes del 31 de octubre solo tendría que pagar $85000, ella no aparece en dicom, me puedes orientar, por favor gracias

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  50. Hola anónimo de Chile.
    No puedo dar mi opinión sobre los procedimientos de deudas en Chile. Si muchas veces en España es difícil ponerse de acuerdo sobre si una deuda prescribre en un plazo o en otro, figúrate si nos vamos a otro pais.
    A propósito ¿qué significa "falabella"?

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  51. muy buenas Bernardo.
    a ver si tu me puedes aclarar eta duda...
    en el transcurso del invierno pasado, viaje a italia de vacaciones, con la mala suerte de necesitar de asistencia de rescate en montaña.
    Ahora me pasan la factura y no puedo pagarla,la carta dice que si en el transcurso de 10 días no efectúo el pago se iniciará por vía legal.
    Yo vivo en españa, he ido ha hacienda aqui pero no me dicen nada..
    ¿QUE ME ACONSEJAS?
    Saludo cordial…

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  52. Hola Federico.
    No estoy muy metido en temas de facturas de servicios de emergencias y además fuera de España.
    Usando el sentido común, miraría si tengo algún seguro que me cubra ese gasto como el seguro de hogar (algunos tienen garantías muy extensas) , el seguro del automóvil (algunos cubren accidentes aunque no conduzcas tu coche), seguros de accidentes que se contratan individuales, quizá en tus vacaciones cogiste un servicio que llevaba incluido un seguro (por ejemplo, un billete de autobús suele llevar un seguro incluido; la contratación de una excursión en una agencia también suelen incluir seguros). Si eres socio de alguna Asociación de Consumidores puedes plantearles esta cuestión (por ejemplo la OCU, las asociaciones de consumidores municipales).
    Al único sitio que no habría acudido yo sería a Hacienda.

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  53. Hola Federico:
    sigo con el tema de la factura de emergencia. Para el futuro ,si vas a hacer una actividad deportiva, y sobre todo si entraña cierto riesgo, es conveniente federarse (las cuotas llevan incluidas un seguro).
    Ahora bien: descartamos todo esto de los seguros y demás. El organismo que te prestó ayuda quiere cobrar y tú no puedes o no quieres por tanto te conviertes en moroso: el funcionamiento es lo mismo que una empresa. Me supongo que ese organismo italiano habrá encargado el cobro a unos profesionales del sector. En 10 días o pagas, o no dices nada (o sea asientes en la deuda) y te embargan o te opones.
    Todo igual que en los procedimientos empresariales, pero con la dificultad que está hecho desde otro pais (yo diría que dificultad para ellos).

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  54. hola bernardo tengo una deuda con la financiera el corte ingles y un proceso monitorio abierto desde el dia 4 de novioembre,me dan los 20 dias.estoy intentando paralizarlo hable con quien lo lleva y me da la opcion de pagar pequeñas cuotas pues estoy en paro,pero el acuerdo ha sido verbal no quiere documentarlo y me dice que el proceso se paraliza en el momento que yo ingrese la primera cuota pues los 20 dias de plazo son para ponerme en contacto con ellos y llegar a un acuerdo,creo que no es asi al no estar documentado el proceso sigue su curso,estoy echa un lio no se como proceder dime por favor ademas de saldar la deuda integra que otra opcion me queda.gracias.ana

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  55. Hola Ana.
    Todos los acreedores, lo que quieren es ver dinero metálico, aunque sea poco. Por una parte ven la voluntad de pagar del deudor , por otra parte se libran de los engorrosos procesos judiciales que nadie quiere, y por último te van a cargar intereses (porque las "hermanitas de la caridad" no existen en el mundo de los negocios). Si puedes ir pagando algo, aunque sea poco, el Corte Inglés se frotará las manos y no te va a poner entre los accionistas preferentes pero se apuntará un tanto a su favor.
    Pero si no puedes o no quieres pagar, seguirá adelante con la reclamación por las vías legales.
    Te recomiendo que consultes la web www.enricduran.cat. Es un poco engorrosa de mirar, pero ahí tienes ejemplos de gente en parecidas o iguales circunstancias a las tuyas. En el índice de la izquierda pinchas en "foro temas nuevos" , se te abre una lista nueva a la izquierda y pinchas de nuevo en RECURSOS: foro de morosidad y preguntas nuevas. Vas trasteando y leyendo.

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  56. Hola Bernardo, disculpe las molestias pero realmente me tiene preocupado esto; le cuento mi situacion:
    En el año '97 adquiri un credito en materiales mediante una financiera; pague 6 cuotas mensuales y por diferentes circunstancias economicas no pude seguir pagando y hace una semana me mandaron una carta documentada dirigiendose a mi persona en representacion de un banco que es el continuador de la financiera; expresando lo siguiente: 'Atento a la antigüedad, naturaleza y monto de su deuda, el Banco nos ha facultado para ofrecerle la posibilidad de arribar una SOLUCION EXTRAJUDICIAL y cancelar la deuda evitando mayores perjuicios. La falta de respuesta a la presente, sera considerada como una negativa de su parte a resolver esta situacion originando la perdida de beneficios que implica arribar un acuerdo previo al juicio'

    La verdad estoy preocupado ya que no puedo pagar el monto y ademas porque pense que esta deuda ya habia prescripto y/o caducado. Queria saber si considerando los años transcurridos esto es posible y que me recomienda hacer.
    Desde ya muchisimas gracias, espero ansioso su respuesta.
    Miguel

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  57. Hola Miguel.
    Las deudas nunca caducan, prescriben. Prescribir quiere decir que legalmente no te pueden exigir el pago de dicha deuda.
    Con el tema del crédito con la financiera es un caso que los tribunales dan un trato curioso: el principal prescribe a los quince años ya que siempre tiene caracter unitario a pesar de que, para facilitar el pago, se paga el abono fraccionado. En cambio la mayoría de las sentencias se decanta por 5 años para los intereses ordinarios del contrato de préstamo.
    De manera que en tu caso habría prescrito los intereses, pero no el principal por el que se te concedió el crédito. Algo es algo. Coméntaselo a tu abogado.(Sentencia del Tribunal Supremo del 17-03-94).
    En cuanto a que no puedes pagarlo ahora eso es más serio, porque el final del proceso (que supungo acabará como judicial) es el EMBARGO.

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  58. Hola Bernardo mi caso es que tenemos una tienda de venta de material de construccion y tenemos alguno clientes con deudas bastante de 5 a 10 años, que no tienen ninguna intencion de pagarnos poe veces que les hayamo pedido el dinero y dad la situacion economica actual como no les cobremos veo dificil la continuidad de la empresa, he pensado en mandarles burofax con aviso y si no responde de manera positiva iniciar proceso monitorio, pero no se si habra prescrito, son consumidores finales y la manera de requerirles el dinero previa a sido verbalmente o por correo no certificado.
    Otra duda es si solo tienen a su nombre una casa hipotecada ¿que podria embargarseles si sacan el dinero de las cuentas del banco?, gracias de antemano

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  59. hola,acabo de recibir una llamada de una asesoría de barcelona, yo vivo en león, que me dice que representa al bbva y me está reclamando una deuda de 5739.25 euros de una tarjeta de debito de 1992, que en aquel entonces fue concedida por caja postal,la deuda de aquella tarjeta creo recordar que era de unas cuarenta mil pesetas de entonces que por circunstancias de desempleo no se pudieron pagar, ahora me reclaman casi seis mil euros pero me dicen que si pago sin llegar a juicio me lo dejan en tres mil y pico euros. Hasta ahora no me habían notificado nada, dicen que llevan mandándome cartas a la dirección que ellos tienen y en la cual hace dieciocho años que no vivo. Mi pregunta es: Ha prescrito esa deuda o por el contrario tengo que pagarla. Gracias por la atención

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  60. buenas tardes bernardo, mi duda es la siguiente: hace dos meses mi padre ha fallecido y en el testamento deja el piso en usufructo a mi madre y a mi hermano y a mi como herederos. Yo tengo una deuda con la seguridad social que estoy pagando mensualmente y otra con un banco que le están descontando mensualmente por embargo judicial a mi marido de la nómina una cantidad, pueden embargar la parte del piso que me corresponde teniendolo mi madre en usufructo mientras viva? es necesario que registre mi parte a mi nombre y no puedo evitar el embargo? Muchas gracias por la atención recibida. Un saludo

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  61. Hola Anónimo Constructor.
    Las deudas para tus clientes morosos prescriben en principio a los 3 años. Si le hubieras reclamado de forma fehaciente dentro de ese período, el cronómetro vuelve a ponerse a cero, y así indefinidamente nunca prescribirían. Creo que legalmente no vas a conseguir cobrar: lo único que te queda es la lección para el futuro. Si consigues embargarles algo en estos casos o en futuros casos y solo tienen una casa hipotecada, te pondrías a la cola inmediatamente despues de la entidad que dió la hipoteca (hay que anotar el embargo en el registro).

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  62. Hola anónimo de León.
    Si hasta ahora no habían iniciado ningún juicio para reclamarte esas deuda no tienen nada que hacer . Tu caso es clarísimo. Lo que te pretenden cobrar ha prescrito se mire por donde se mire: dieciocho años son muchos años. Cuando se realiza un monitorio y no se encuentra al deudor antiguamente se le ponía la citación en el Boletín Oficial de la Provincia. Si no ha habido juicio en su tiempo, todo es humo.

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  63. Hola anónima heredera.
    Todo bien tiene dos vertientes: la propiedad y el usufructo. Se puede embargar tanto una cosa como la otra. En teoría, sí pueden embargar la propiedad de tu parte, aunque tu madre tenga el usufructo.
    Por otra parte, lo que los acreedores quieren es dinero en metálico y como ya os están cobrando periódicamente tanto a tí como a tu marido yo no me preocuparía por estos casos. Pero si teneis en el futuro más deudas, el acreedor si no tiene otra cosa mejor puede embargar esa parte del piso en propiedad.
    Puedes ojear la web www.enricduran.cat. Es algo engorrosa de mirar, pero vienen casos parecidos al tuyo.

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  64. hola buenos dias bernardo , muchas gracias de antemano por aclarar nuestras dudas .
    Te cuento mi caso para ver si puedes ayudarme ya que ando muy verde en estos temas.Hace cuestion de 6 años mi ex pareja solicito unos creditos , uno era financiar un coche y otro un credito personal , pero como era extranjero le ponian impedimentos y fui yo la que solicite los creditos para que no pidieran tantos requisitos.La cuestion es que nos separamos y el dejo de pagar las letras , logicamente ante la ley son mias por que soy la prestataria ,he estado mucho tiempo negandome a pagar ya que moralmente ese dinero no fue para mi ni me corresponde pagarlo pero la realidad es que debo pagarlo si quiero estar limpia ante la ley.En el caso que yo quisiera pagar las deudas para no ser morosa el resto de mi vida , despues de tanto tiempo la deuda debo pagarla al banco o al juzgado ? y me imagino que el pago ha de ser total no fraccionado no ? Tras liquidar las deudas mi historial financiero quedara limpio ? o seria mejor contratar a un abogado para que se encargara de este proceso ? muchas gracias por todo.

    jenifer

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  65. Hola Jenifer.
    Lo primero que se me ocurre a lo que me cuentas es que tu ex es un JETA, por no decir un HDP (ya lo he dicho ¿o no?).
    Lo segundo, es que intuyo (pero no lo dices) que la financiera te ha reclamado por via judicial las cuotas que te negabas a pagar. Me gustaría conocer más detalles.
    Si has recibido citación de Monitorio del Juzgado, te habrán dado veinte días para que pagues: si tienes intención de pagar habla con la financiera con tus intenciones y podrias negociar pagar las cuotas atrasadas y seguir con la cuotas periódicas o quizá quieran que pagues todo. Si en esos 20 días no dices nada se da por sentado que reconoces la deuda y el siguiente paso es el embargo. Y la tercera opción es que te opongas (tendrías que hacerlo con abogado y procurador si la deuda es de más de 900 €, y el proceso se alargaría).
    Una vez que pagues, debes averiguar si estás en el ASNF y si es así, con el justificante del pago, solicitar que te borren de sus listas.
    Por último, debes intentar que el HDP de tu EX, te abone lo que tú has pagado de SUS deudas.

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  66. HOLA, TENGO DOS CONSULTAS:
    UNA EMPRESA DE TELEFONIA CELULAR DESPUES DE DOCE AÑOS PUEDE EMBARGAR EL SUELDO? SI HACE 12 AÑOS NO TRABAJABA EN LA MISMA EMPRESA Y ADEMAS NO HUBO NINGUNA NOTIFICACION DE DEUDA ANTERIOR.
    DE DICHA EMPRESA.
    ESTA MUY B UENO EL BLOG

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  67. Hola, anónimo/a de letras mayúsculas.
    Si el acreedor no ha ejercido su derecho al cobro ni extrajudicial ni judicialmente, y el deudor no haya reconocido su obligación, estas deudas de telefonía tienen un plazo de prescripción de 5 años (según muchos jueces, que tampoco está claro porque según otros deben ser 3 años).
    Los de la empresa de telefonía suelen dar o vender sus morosos a empresas especializadas: ellos intentarán cobrar extrajudicialmente con cartas, llamadas, y luego con amenazas de llevar el caso a juicio: pero otra cosa es que lo metan a juicio, porque en este caso no tienen ninguna posibilidad.
    O sea que la empresa de cobros no te va a embargar tu sueldo, porque esto lo tiene que ordernar un juez, y como hemos visto tu deuda ha prescrito. No se si me he explicado.

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  68. Guillermo, que pasa con las deudas bancarias que no han sido judicializadas ni reclamadas, cuanto es el tiempo de prescripción para estas.. Te agrdecere mucho responder

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  69. Hola Guillermo.
    No se a qué te refieres con las deudas bancarias. Te voy a responder sobre los créditos o prestamos que quizá sea tu pregunta. Las deudas de un prestamo que no se paga tienen curiosamente dos categorías. Un préstamo está compuesto de un principal (el capital que pediste) y los intereses. El capital se considera que tiene una prescripción de 15 años; sin embargo los intereses prescriben su cobro a los 5 años (si como dices no han sido reclamados ni judicialmente ni extrajudicialmente, ni el deudor ha reconocido esa deuda de alguna forma). No se si te he contestado a lo que pretendías.

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  70. hola bernardo soy jenifer , muchas gracias por tu respuesta.Lo de hdp lo has clavado (jejeje) , mira la cuestion que es por via judicial si me han reclamado y yo me negue a pagarlo , tonta de mi pensar que quiza el lo haria ya que para renovar papeles al ser imigrante ha de estar con contrato y pense que se lo embargarian de la nomina pero por lo que he visto no es asi .Ahora me doy cuenta de la realidad de ser moroso ya que nunca tendre nada a mi nombre etc etc .No me pueden embargar por que nada tengo de propiedad pero claro llega un momento que prefiero pagar todo ese dinero y poder dormir tranquila , que la conciencia si la tengo mas que tranquila.Mi duda es , si yo pudiera pagar ese dinero imagino que tendria que ser ya al juzgado directamente.y lo de pedirle a el que me pague a mi imposible por que precisamente no se nada de el ni quiero que sepa donde vivo ni nada de mi.asi que he llegado a la conslusion que es mejor que yo abone eso y que a el la vida le de lo que se merezca no habre sido yo quien haya engañado a nadie .En el momento que yo teng ese dinero tendre que buscar un abogado para que el movilice todo no ? muchas gracias por tu atencion y tu tiempo

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  71. Hola Jenifer.
    Si quieres pagar para no ser morosa, tú verás. Pero no te quites de comer por eso. Si te toca la lotería o cobras una herencia no sería mala idea emplearlo para ello. Si no vas a pagar, ten en cuenta que no debes tener cosas a tu nombre, (cuentas corrientes, nóminas solo hasta el salario mínimo interprofesional que no te pueden embargar, coche etc). Tienes una puerta de esperanza en esta última opción: si dictan orden de embargo y no pueden cobrar en 5 años, esa acción prescribe y deberían iniciar nuevo proceso como el que se ha realizado ahora.

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  72. bernardo muchas gracias por tu ayuda , y siento mucho darte toda esta lata.Tienes razon no voy a dejar de comer por culpa de el pero ahora mismo ya estoy casada con separacion de bienes por esta situacion ( fue peticion mia claro esta )por que no queria logicamente implicar a mi marido en algo asi de mi pasado .Las deudas estas se pueden pagar poco a poco en el juzgado ?o han de ser a toca teja con dinerito al contado ? por claro no es lo mismo pagar con todos nuestros ahorros que ir pagando una cantidad significativa .

    muchas gracias

    jenifer

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  73. Hola Jenifer.
    El acreedor lo que quiere es cobrar poco a poco (te cobrarían intereses) o todo de una vez (no les caerá esa breva ¿eh?). Es la razón de ser del embargo de las nóminas que le van quitando al deudor la parte proporcional que pueden legalmente hasta cubrir la deuda.
    Por tanto, si eres tú el que voluntariamente desea pagar, deberías hablar en el Juzgado y/o con el acreedor para fijar un plan de pagos .... y ahí puedes negociar tus cartas: tanto al mes, con intereses de demora o sin intereses de demora etc. Si no tienen donde pillarte por propiedades, les puedes proponer pagar el principal mediante unas cuotas mensuales y que te perdonen los intereses (porque si no, no van a cobrar nada ya que no tienen donde embargar). Haz valer tu posición y quizá te ahorres un pellizco. Y sin ninguna prisa.... la prisa la tienen ellos en cobrar.

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  74. Hola buenas Bernardo, me llamo Marisa. Espero que me puedas ayudar.

    Verás: Durante los últimos 10 años tuve en alquiler un piso de mi propiedad a un chaval muy majo. Muy majo pero que no pagó ni un solo recibo del gas a Repsol Gas. Cuando dejó el piso descubrí -entre otras muchas cosas- que hacía 2 años que le habían cortado el suministro aunque siguen pasando mensualmente el recibo con el consumo mínimo.
    Ahora ellos me reclaman 2.800 euros por todos los recibos pendientes desde el año 2000 -el contrato está a mi nombre- y encima hasta que no lo haga no puedo usar el piso porque no tengo ni agua caliente ni calefacción.
    Al parecer avisaron varias veces de que había esa deuda antes de cortar el suministro y después, pero las cartas se recibían en el piso por correo ordinario, con lo cual yo ni me enteré.
    Estoy obligada al pago de esa deuda? Prescribe el pago de los recibos de los primeros años aunque sólo sea?
    Que me recomiendas?

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  75. Hola Marisa.
    Por partes voy. Algo así le pasó a mi esposa (tenemos separación de bienes) con el alquiler de un piso. Lo alquiló sin cambiar la titularidad del contrato de la luz y cuando se fueron no habian pagado ninguna factura de Iberdrola, y lo malo que no se preocupó de ver si había deudas y les devolvió la fianza que entregaron al principio. Conclusión: ahora siempre exige el cambio de titular a los inquilinos.
    Mañana te sigo comentando las otras preguntas que expones.

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  76. Hola Marisa de nuevo.
    Complicado es este caso para tí... sobre todo si únicamente tienes la posibilidad de contratar con Repsol Gas. Si tuvieras otras opciones, como pasarte a Gas Natural, Iberdrola Gas, u otra compañía sería más sencillo. En este segundo caso, yo contrataría el gas con una nueva compañia y dejaría que Repsol Gas me demande por la deuda: una parte de ella (los recibos de más de 5 años) ha prescrito. El resto NO (según la mayoría de los jueces que establecen 5 años y no 3 para su prescripción).
    El problema lo tienes si únicamente Repsol Gas es el único suministrador. En ese caso yo te propongo hablar con ellos, y proponerles pagar las facturas de los últimos 5 años , advirtiendoles que el resto ha prescrito ( a ver qué dicen). Por supuesto de forma oral, sin firmar nada para que no quede algo que te comprometa legalmente. Si acceden, yo pagaría esos últimos 5 años y pediría de nuevo el alta. Si no acceden, lo mejor es consultar con alguna asociación de consumidores o algún abogado que tengas a mano la mejor manera de poder darte de alta de nuevo en el suministro de gas.

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  77. Hola Bernardo, ¿Me Podrías ayudar?; Necesitaría saber una cosa sobre unos papeles que tengo, me ha llegado una demanda(Procemiento:jucio monitorio)en la cual me piden pagar al abogado que llevo mi divorcio, la cantidad: 9.000€,cuando yo en su dia firme un documento del año 2007 y como esque este señor me demanda en el 2010 y entrega papeles que yo tengo del año 2007 firmados por el y por mi y resulta que el 2007 esta cambiado el 7 por el 9 hecho a boligrafo, tiene un circulo pequeño en el 7 asi qu parece un 9, ¿Porque me ha puesto en esos papeles que yo firme, 2009 cuando se firmaron en 2007? el tiene una fotocopia como la que yo tengo y la que el me ha enviado esta retocado el 7 por el 9. ¿ No sera que la deuda ha prescrito?.

    gracias por su atencion, un saludo y Felices fiestas

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  78. Hola anónimo "divorciado".
    Exactamente. 3 años es el plazo establecido para el cumplimiento de las obligaciones para pagar a jueces, abogados, registradores,notarios, peritos y agentes sus honorarios y derechos, así como los gastos que hubiesen realizado en el desempeño de sus cargos. Además de para otras profesiones que no vienen a cuento ahora.
    De manena que con esa acción tan burda (propia de algún secretario/a ) se pretende que las fechas estén dentro de ese margen de no prescripción.
    Lo tienes fácil: dentro de las fechas que te dan en el procedimiento del juicio monitorio, te opones (debes hacerlo mediante abogado y procurador al ser la cuantia > 900€) alegando que ha prescrito y se te dará fecha y citación para juicio verbal (al ser la demanda de > 6.000€). Como tú tienes la copia del papel manipulado, está claro que puede haber prescrito.... eso lo dirá el juez, porque en estos casos de prescripciones no hay una frontera clara.

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  79. Hola, buenos dias, tengo una consulta sobreel tema.
    tengo una deuda con un banco del año 1999, sobre una tarjeta de debito, a los cuantos años prescribe o caduca la deuda si no hubo reclamo alguno?, gracias.
    mi correo es computar@hotmail.com.ar
    Pablo

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  80. Hola Pablo.
    Tengo varias puntualizaciones. Primero que por tu email, parece que vives en Argentina: si tu pregunta es para ese pais, no te sabría decir los periodos que rigen allí, porque cada país tiene sus normas.
    Segundo: estoy extrañado por que comentas que la deuda procede de una tarjeta de débito. Por su naturaleza, las tarjetas de débito se cargan automáticamente en la cuenta donde estén domiciliadas, no así las de crédito que se cargan como mínimo al final de mes. Si por cualquier motivo no se cargó en tu cuenta, y no te la reclamaron, estas deudas tienen (en España) una prescripción de 15 años. No así los intereses que se pagarían por su devolución que tienen una prescripción de 5 años (sentencia del Tribunal Supremo del 17/03/1994).

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  81. Hola Bernardo
    mi nombre es Yuri. Te agradeceria me ayudaras, tengo una deuda con Presto Lider que data del año 2000 cunado debia $80000 no pude pagar por algún tiempo y cuando quise hacerlo la deuda subio a $180000 tuve que repactar para aclarar mi situación y cundo me quedaban $50000 volvi a caer en mora pero quisieron que repactara nuevamente y no quise porque al repactar mi deuda quedaria sobre los $100000 así que decidi no pagar y al cabo de un año mi deuda subio a $245000 de eso ya pasaron mas de 6 años y hoy figuro con un Dicon de $50506 los cuales estuve dispuesto a pagar pero no figuro en los registros nuevos de Presto así que me buscaron en los antiguos y encontraron la deuda de $245000 y quieren que la pague, la verdad no se que hacer, sigo creyendo que es usura pero si estoy dispuesto a pagar lo que aparece en Dicom ($50506) porque de verdad no puedo más. Quiero limpiar mis informes comerciales y estar tranquilo nuevamente, te agradesco de antemano la ayuda que puedas darme. ¿Que debo hacer?...

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  82. Hola Yuri.
    En primer lugar, debes averiguar si la deuda ha prescrito: quiere decir que si ha pasado unos años sin que te hayan reclamado dicha deuda ni tú la hayas reconocido expresamente dicha deuda no es exigible legalmente.
    En España hay unos plazos para ello, pero que pueden diferir con los que existen en Chile.
    De todas formas, para formarte en temas de deudas, aplazamientos, prescripciones etc. puedes entrar en la web www.enricduran.cat (es una web en catalán y español). Debes trastear un poco y buscar el foro de morosidad en español (no se navega muy fácil, todo hay que decirlo, pero con un poco de tiempo podrás adaptarte a buscar temas que te pueden ayudar).

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  84. Hola Bernardo, te comento mi caso, en1998 contrato gas natural, hasta 2005 cobro indebidamente un canon de finca, por sentencia se gano su devolucion hasta 2005, yo en 2003 hize reclamacion ante consumo Junta de Andalucia pidiendo devolucion, no tuve contestacion, tengo derecho y posibilidad alguna de reclamar a Gas natural ahora esas cantidades cobradas indebidas, que ya casi todos han cobrado?? muchisimas gracias por tu blogs

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  85. Hola anónimo del Gas Natural.
    En primer lugar, supongo que donde dices cobro quieres decir PAGO (indebidamente un canon de finca). En segundo lugar, tengo que suponer también que formas parte de una comunidad de vecinos: si se ganó una sentencia, supongo también que tu formabas parte de ese colectivo que hizo la reclamación y me pregunto ¿por qué no has cobrado a la vez que los demás? ¿por qué haces reclamación a la Junta ? En fin: como expones el tema poco detallado tengo que suponer muchas cosas, que seguramente no sean las reales y por eso no puedo afinar más. Aparte que este tema es un tema de consumo, y no mercantil, como son los que suelo tratar. ¿Por qué no expones tu problema a una Asociación de Consumidores tipo OCU, municipal etc?

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  86. buenas tardes bernardo, mi duda es si tenemos un cliente (consumidor final) que nos adeuda una cantidad desde 2007, va haciendo pequeñas entregas,pero nos debe aún una cantidad considerable, hemos hablado en varias ocasiones comentandola la opción de que no de pagarés o nos firme latras de cambio por la cantidad restante pera poder pagar así tambien nosotroa a nuestros accreedore, porque nos estamos viendo en una situacion muy apretada, pero se niega, ?¿podriamos exigirle que page intereses por la demora para así incentivarle a que pague antes? hemos estado mirando y tiene bienes para poder embargarle pero tampoco queremos llegar a eso, solo "presionarle" para que agilice el pago, ¿que probabilidades de exito tendría?

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  87. Hola anónimo con cliente consumidor final.
    Me supongo que eres un autónomo o pequeño comerciante que has realizado una venta de material o servicios a esa señora (muy enseñorada, pero poco adinerada -para los demás-). Estas ventas tienen una prescripción de 3 años, desde la última vez que se le hizo un requerimiento por parte del acreedor o un reconocimiento de deuda por parte del deudor. Paciencia has tenido un montón, y es la típica actitud de muchos colegas españoles en las mismas circunstancias. En estas situaciones, el deudor suele torear al acreedor. Y el acreedor (tú) perdida la paciencia piensa en métodos radicales (el rumano rompepiernas etc.). ¿Por qué no hacer las ventas con más rigor? Si un cliente no paga en un periodo prudencial y despues de haber agotado las medidas amistosas, se pone el caso en un profesional del cobro de tu confianza que iniciará el proceso monitorio correspondiente, y si el deudor tiene bienes como en este caso, vas a recuperar tu dinero pronto o tarde pero seguro.
    Lo de los pagarés y letras de cambio no es garantía de nada, porque si el deudor no tiene intención de pagar es papel mojado (o casi). Tengo un cliente con unos pagarés, pero lleva casi tres años sin ver ni un euro, atascado en la burocracia de los tribunales.

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  88. gracias bernardo habia pensado en mandarle un burofax avisando de que si no salda la deuda en un plazo de 20 dias, p ej, los llevaremos a juicio monitorio cobrado intereses pero no se si puedo cobrar intereses en basa a que ley porque la de morosidad he visto que pone para operaciones entre empresas y no si esta venta estaria regulada o no

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  89. Eso del burofax tenias que haberlo hecho hace mucho (que sea con acuse de recibo unos 12 €). Y lo del monitorio también. Aunque no se necesita ni abogado ni procurador en un principio, no estaría de más que te asesoraras legalmente con uno, porque si a la señora "enseñorada" le da por oponerse , si que lo va a llevar, y tú lo vas a necesitar igualmente. Los intereses de demora son legales y exigibles a partir de que el juez dicte sentencia de embargo p.ejemplo, antes no. Además, puedes empezar a tramitar la inclusión de la "enseñorada" en el ASNEF: puedes advertírselo en el burofax, junto con lo de los intereses.

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  90. Buenas tardes Bernardo!
    A ver,mi madre tiene una tienda de alimentación.Hasta el año pasado un proveedor le traía una mercancía,pero como otros se la oofrecieron a un mejor precio,dejor de comprar al primer proveedor.Ahora viene pidiendo que le pague una factura de hace 8 años que está sin pagar.Dice que mi madre le dió un cheque (que le devolvieron en el banco),pero este cheque él ya no lo tiene pq se lo dio a mi madre y ella le pagó en efectivo tal factura.¿Puede reclamarle ahora ésta factura?¿Cómo demostramos que nosotros no debemos nada,en el caso de que nos denuncie?
    Muchas gracias y un saludo

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  91. Hola Marta.
    Esa factura que pagó tu madre en efectivo debería tener un justificante de pago expedido por el proveedor.
    Si no es así, al proveedor pocas salidas legales le quedan para reclamar esa supuesta deuda porque legalmente ha prescrito a los tres años, si en ese período no ha realizado acciones legales para cobrarla.
    De manera que yo en el lugar de tu madre, estaría tranquila por el lado de una posible denuncia que tiene todas las de perder o ser archivada. Un saludo.

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  92. Hola Bernardo!

    Quisiera consultarte en qué artículos del código civil encuentro exactamente los años que disponemos para exigir el pago?

    Muchas Gracias

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  93. Amigo BERNARDO como puedeosolucionar mis deudas con las tiendas sagafallabela, Ripley,Plaza Vea y Sagafalabella ya han pasado 4 años y no tengo ninguna tipo de propiedad q me puedan enbargar y lo q gano apenas me alcanza para mantener a mi familia. Agradesco anticipadamente su respuesta.

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  94. Hola anónimo AMIGO.
    Como explicas tan poco tu caso, me es muy dificil saber exactamente tus problemas. Que debes dinero a algunas tiendas ya lo veo, pero me tienes que contar un poco más tu problema.
    Un saludo

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  95. Hola anónimo del 17 de marzo de 2011.
    Los plazos de prescripción generales y particulares se hallan en el Código Civil , Título XVIII. En el artículo 1964 se hallan los más generales de 15 años para deudas dinerarias (15 años).
    Un saludo.

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  96. Buenos días Bernardo,

    El 6 de Julio del 2006 firme un documento para un curso el cual debía pagar a plazos. No lo he podido realizar ni pagar, y en marzo de 2010 me citaron para un juicio monitorio. Alegan que debo pagar 2375€ por el material, que he devuelto con acuse de recibo. En este caso no hay ninguna excepcion de la deuda que me minore el tiempo de prescripción? Si no se me entrego el documento para realizar la devolución del material en el plazo que exige la ley, es válida la devolución pasado tanto tiempo?

    Saludos cordiales.

    Eli

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  97. Hola Eli.
    Entiendo que tu caso es más un caso de consumo, para lo que te animo que contactes a una asociación de consumidores (ya sea municipal, o nacional como la OCU etc). Ellos saben mucho sobre cursos pagados a plazos que son reclamados por diversas circunstancias.
    Un saludo.

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  98. Por otra parte, despues de darme un paseo con el perro, quiero exponerte que en estos casos de cursos que se pagan a plazos hay que considerar lo siguiente: la academia, empresa o lo que sea te vende su curso. Y lo que te hace, es mandarte o hacerte firmar un contrato, pero ¡¡ojo!! lo que estas firmando es un crédito con una entidad financiera que le da el dinero a la academia y luego se encarga de cobrar dicho importe mediante las cuotas habituales de un crédito. De manera que tú eres cliente ahora no de la academia sino de la entidad que ha desembolsado el precio de la matricula: llegados a este término es casi indiferente que les entregas los libros o material del curso, porque eso no le importa a la entidad financiera, sino cobrar el capital desembolsado.
    De ahí que haya un conflicto en estos temas que las asociaciones de consumidores te podrán ayudar mejor, porque como te dije antes ha habido muchos casos que han intervenido parecidos ingredientes.
    Un saludo.

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  99. Buenas tardes Bernardo; despues de leerme todas la notas me decido a plantearte mi problema, si se le puede llamar asi.
    Desde hace dos meses, una empresa de cobro de deudas, no hace mas que llamarme por telefono y enviarme cartas (algunas firmadas por abogados amenazandome con un monitorio); dicen que tengo una deuda del año 2000, primero que era de una empresa de cobros, despues que era una deuda comprada y al final dicen que es con Paginas Amarillas; Me reclaman 600€ (dicen que ya pague 600 de la deuda pero yo ni idea de pagar ni esa ni otra cantidad).
    En ningun momento he recibido ningun tipo de reclamación formal (burofax o carta certificada o notificación de algun Juzgado), solo cartas normales en sobres abiertos y llamadas telefonicas con numeros ocultos.
    ¿Que puedo hacer?.
    Creo que de existir esa deuda (que desconozco), ha prescrito o caducado el derecho de reclamación, dado que si es de Paginas Amarillas, eso se paga de una vez o en varios plazos, y desde hace ya 10 años ¿?¿ como reclaman ahora de esa forma?¿
    Un saludo y quedo a la espera de tu respuesta.
    Gracias de antemano.

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  100. Hola aónimPo que es un caso raro, raro. Tanto que me ha hecho reir... aunque el acoso que estas sufriendo no es para reir sino para estar de mala leche.
    En primer lugar, lo que dices que son tres causas es una sola. Una supuesta deuda con Paginas Amarillas, ha hecho que esa empresa venda esa deuda (a un precio rebajado)a una empresa de cobro que es la que está intentando ahora cobrartela a tí....y en ello le va el negocio (ya hemos dicho que pagó un dinero a Páginas Amarillas).
    La deuda legalmente ha prescrito se mire como se mire, porque han pasado 11 años sin comunicarte nada, y tú tampoco has reconocido dicha deuda con anterioridad. Incluso la forma que dices que te mandan algunas cartas me hace pensar que sea un timo. Pero vamos a suponer que no lo sea: esto delata lo malos profesionales que son.
    Si te llaman por teléfono, les dices que esa deuda no existe (incluso puede haber errores en estos casos de a djudicar deudas): les pides que se identifiquen, y si se puede hablar civilizadamente con ellos, que te den los datos de la deuda. Y que si siguen llamando les vas a denunciar a la policia (no lo vas a hacer, pero es lo mismo que hacen ellos al decir que te van a llevar a juicio, cosa que no van a hacer por supuesto).
    Mándame tu dirección de email y te mando un artículo del periódico El Pais que salió ayer sobre estos casos.

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  101. Bernardo, te paso mi e-maill por privado.

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  102. Hola Bernardo. Gracias por tu blog. Te cuento mi experiencia por si me puedes ayudar. Tenemos una empresa modesta en Sevilla y nos hemos visto obligados a cesar la actividad. Un proveedor al que le debía dinero le pasé mis clientes y gran parte de la maquinaria (suficiente para cubrir la deuda y más). Lo aceptó, pero no firmamos nada.
    Ahora este proveedor que presume de ser grande (y es mayor que lo que eramos nosotros) me pide el dinero (aunque mi empresa ya no tiene actividad) y sus abogados dicen que la cartera de clientes (con todas las cuotas mensuales que les pasan ahora y que antes les pasaba yo) no es transferible y que aunque se la haya pasado eso no descuenta de la deuda. ¿Que puedo hacer? Por si te sirve, mi empresa está dentro del sector editorial.
    ¿Hasta que punto tengo un problema?

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  103. Hola amigo de las letras editoriales.
    Por poder hacer, lo primero es llamarles a estos: jetas, chupatintas y lechuguinos como mínimo. De ahí para arriba.
    Bien: ellos cogen la literalidad de la ley y del contrato (¿será por venir del sector de las letras?); los que están detrás son los abogados pero me supongo que dirigidos por los dueños de la empresa de tus proveedores.
    Se aprovechan de tu poca falta de previsión y de una forma de hacer negocios digamos de antes: esa forma era característica de las gentes del Norte, sobre todo del Pais Vasco en donde yo vivo donde una palabra era tan válida como una firma en un papel.
    Lo que te queda es tratar de hablar con los propietarios de esa empresa (no con los abogados) para amistosamente en un principio plantearles y conseguir que FIRMEN ahora lo que no firmateis en un principio para cerrar el tema.
    Si siguen en sus pretensiones, necesitarás un abogado que contrareste los procedimientos que inicien .Yo pienso que mediante testigos, antiguos empleados, los mismos clientes tuyos que pasaron a ellos justifiquen que la deuda no ha sido pagada monetariamente pero si suficientemente saldada por lo que les has aportado.
    Desde luego que desde mi punto de vista, tienes toda la razón, aunque no la sartén por el mango.

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  104. Buenas tardes,
    Quería preguntarle que estuve viviendo en Londres en el año 1999 y deje mi tarjeta de débito con saldo 0 a una amiga de mexico para que su madre pudiese ingresarle dinero ahi hasta que se fuera y yo volvi a España. parece ser que sacó 10 libras mas de las que había en la cuenta y aunque sea tarjeta de débito le dejó sacarlo y se quedó en descubierto. Al de unos meses empezé a recibir cartas del banco reclamandome la deuda y cada mes iba subiendo el importe por los intereses, estuvieron así como año y medio y dejaron de reclamarmelo. ¿Podría indicarme si prescribe esta deuda?
    Gracias
    Un saludo,

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  105. Hola turista londinense.
    A pesar de la poca claridad de tu pregunta,entiendo que lo que te preocupa es si ha prescrito la deuda por números rojos en tu cuenta bancaria.
    En términos generales las deudas prescriben a los 15 años siempre que se comuniquen de forma fehaciente o que el deudor no haya reconocido dicha deuda. Luego, cada deuda en concreto tiene una prescripción concreta, que muchas veces tiene que interpretarla un juez. En este caso no te se decir cuando prescriben las deudas por numeros rojos: podría ser 5 años.

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  106. hola Bernardo, mi nombre es Carmen, tras cerrar un negocio en noviembre de 2009, tengo algunas deudas con proveedores. Una de ellas es de 540€, la verdad esque ahora mismo estoy trabajando, mi sueldo es de 650€ y pago un credito personal de la caixa de 640€, del que todavia quedan dos años y en el cual hay dos viviendas como aval. Este proveedor me amenaza con el envio del cobrador del frac, he leido en internet que eso es ilegal, que una persona te persiga y te presione, he hablado con el banco, pero no me bajan la cuota del prestamo salvo que estoy en un fichero de morosos, mi padre esta en paro y no puedo hacer frente a la deuda. Que puedo hacer? un saludo y gracias.

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  107. Hola Carmen "uñas de porcelana". Como muchos de los que escribís consultando sobre algún tema, os dejais muchas cosas en el tintero, por lo que yo en el mejor de los casos tengo que hacer uso de la imaginación y del sentido común para entender vuestros problemas económicos.
    P.ej. si tienes un sueldo de 650€ y pagas una cuota mensual de 640€ te quedan 10€: mi loro consume al mes más que eso en pipas.
    El tema es que no puedes pagar, incluso lo más urgente , como para pagar antiguas deudas de proveedores aunque sean "estratosféricas" como la que dices. No se qué se pensará tu proveedor-acreedor, que mandando al "cobrador del frac" le va a solucionar su problema. Si cumple su amenaza, le pides al tal del frac que se identifique, que te diga lo que pretende y le avisas que si te molesta le vas a denunciar por coacciones y molestias en tu vida privada. Hay casos en que han tenido que pagar multas por pasarse en el trato a sus "clientes".
    Te recomiendo que mires el blog
    www.enricduran.cat . Trasteas un poco, porque es algo enrevesado y tienen un foro donde gente presenta preguntas parecidas a las tuyas que por tanto te pueden dar explicaciones y soluciones.

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  108. Hola Bernardo.
    Tengo una duda por favor me ayudas a resolverla, yo le debo a un almacen de zapatos 280 mil pesos y me estan cobrando 800 mil pesos, eso hace mas de 7 años y hace tres meses me llamaron a cobrar, me llaman todos los días hasta me hablan mal, yo nunca les he negado la deuda sino que en el momento no estoy trabajando,,,,, sera que esta deuda prescribe??? al cuanto tiempo??
    Gracias.

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  109. Hola amiga argentina, uruguaya, mejicana, etc.
    En todos esos paises y más existe la moneda de "peso".
    Sea como fuere, las normas de prescripción (que no de caducidad) son diferentes para cada país, me supongo que con pequeñas diferencias pero diferencias al cabo.
    Se empieza a contar desde que se comunicó FEHACIENTEMENTE la deuda, o el deudor la reconoce. No vale una llamada de teléfono o un papelín o un email. Debería ser una comunicación del juzgado o como mínimo un burofax. Lo normal en la ventas de comercios al particular en España son 3 años. Si no puedes pagar, mejor que no firmes nada, ni les respondas por escrito ni des tu asentimiento, ni cojas ninguna carta que venga en su nombre, porque eso sería como reconocer dicha deuda. Entérate a ver cual es el plazo de prescripción de esas deudas en tu pais.
    Si te molestan, también les puedes denunciar a ellos por acoso (para que dejen de llamarte por teléfono o insultarte u otras acciones poco legales).

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  110. Hola Bernardo
    Viendo que controlas mucho el tema, tengo una consulta que hacerte.
    Tuve un empresa con otro socio, mientras estuvimos en la empresa se firmo una línea de crédito y firmamos como avalistas personales. Pasado el tiempo le vendo las participaciones y entrego una carta al banco para comunicar mi cese y salida de la sociedad y pido me retiren de los avales. después de 8 años de esto,me llega un telegrama en el que me comunican el comienzo de acciones legales contra mi para cobrar el descubierto de esta linea.
    Como funcionan los plazos en este caso, soy avalista por el resto de mi vida.
    un saludo y gracias

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  111. Hola Bernardo,
    En el año 1999 mi tio realizó unas transferencias y se cobró unos cheques sin la firma de su socio mancomunado (en algunos cheques aparecía una firma que no se correspondía a el socio) en el año 2003 se desestimaron demandas por lo penal contra él que falleció en el 2005. Mi abuela fue la heredera de mi tio y en el 2006 el socio le compró las participaciones correspondientes a mi tío. El caso es que este exsocio demandó al banco por pago indebido de las tranferencias y los cheques en el 2007 siendo el banco condenado y recurrió demostrando que las transferencias se realizaron como pago de facturas existentes sin embargo indemnizó a la exsocia por lo cheques. El caso es que ahora mi abuela ha recibido una comunicación del juzgado con demanda de la Entidad Bancaria reclamando dicha cantidad a los herederos de mi tío. En ningún momento mi abuela ha tenido conocimiento de nada de estos procesos y el único contacto que hubo con esta señor fue para vender las acciones de mi tio. Desconocemos la contabilidad del 1999 y donde se adjudicaron estos cobros de talones- Han prescrito? A ver Bernardo si me puedes dar alguna idea para que mi abuela no tenga que hacerse cargo de esto? y que se puede argumentar en estos casos?
    muchas gracias

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  112. hola bernardo (anonimo)
    encontre tu pagina por casualidad y por nesecidad y me decidi a escribirte y si me puedes ayudar o por lo menos orientar.resulta k en el año 2004 me kede con una deuda de una casa comercial ala cual no pude cancelar por motivos de trabajo por lo cual ellos me mandaron cartas y llamados por telefono y con el tiempo dejaron de llegar avisos y las llamadas sesaron.ase 1 par de semanas saque un informe comercial en el cual no tenga deuda alguna con ninguna casa comercial .pero ase unos dias me llamar de una empresa de cobranzas que representaba a dicha casa comercial y que mi deuda asendia a $1500000 y me rebajaban los intereses y costas y todo lo que conlleva dandome facilidades y otros beneficios .por lo que e leido en tu pagina y los consejos k tu das es no reconocer la deuda y no firmar nada .esperando tu respuesta se despide un afligido chileno.

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  113. Hola afligido chileno.
    Yo estoy en España. Las normas sobre prescripción de las deudas pueden cambiar de un pais a otro, pero haberlas ahilas (como decimos en España imitando el hablar de los gallegos). Entérate cuando prescribe esa deuda en Chile en alguna asociación de consumidores. Para que prescriba, ha tenido que pasar X años sin reclamartela FEHACIENTEMENTE (no vale un papel que deja el cobrador en tu buzón etc) o sin tú reconocerla (por eso digo lo de no firmar nada, ni coger ninguna comunicación. Quizá esa deuda haya prescrito y aunque ellos lo sepan te la piden por si cuela. Si ha prescrito, "ya pueden decir misa" (como decimos en España) que legalmente tú puedes negarte a pagar esa deuda. Otra cosa es moralmente: moralmente las deudas son deudas hasta que te mueras, por eso decimos que no caducan frente a prescribir.

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  114. Hola anónimo y nieto de una señora que recibió una herencia de su tio (o sea hijo de tu abuela).
    La verdad es que yo en estos temas estoy en la vertiente opuesta (no en "la acera de enfrente") o sea mi labor es cobrar y da la casualidad que todos me preguntais cómo no pagar o si ha prescrito lo que debiais.
    Lo siento. Pero este tema es muy complicado para mí para decirte algo con sentido.

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  115. Hola avalista "para toda la vida".
    El tema tuyo es que debias haber ido personalmente al Banco para darte de baja como avalista.
    ¿Quién te dice que ni siquiera han recibido tu carta? ¿La mandaste como burofax, con acuse de recibo?¿puedes demostrar que la mandaste en definitiva?
    Aparte de que hoy tengo mal día para entender vuestras problemáticas, una parte fundamental de la gestión de las cosas es estar encima de ellas, informarse, prevenir, para evitar luego tener que lamentarse.

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  116. Hola,
    me encuentro en una situacion muy peculiar,presté mi firma para ser co-deudor de un Televisor en el año de 1997 a un Familiar (primo) y este nunca pagó. A esta fecha junio 30 de 2011, casi 13 años, me encuentro con este problema ya que estoy con reporte negativo. me he acercado al almacen donde mi familiar hizo la compra y he dicho que quiero pagar en total de la deuda (632.500 pesos colombianos) la jefe de cartera demanda que le pague 1.800.000 de pesos, dinero del cual no dispongo. Yo me estoy acercando a hacer un pago voluntario de la deuda de la cual no soy el titular y quiero demostrar buena fe pagando el monto total del capital. estas personas se niegan a aceptar mi pago. que puedo hacer?

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  117. Hola Bernardo,te comento que hace 1 semana recibi una carta donde me intimidan a pagar una deuda que no especifican,solo dicen que es Fideicomiso CM1,y me dan tel.y direccion.Averiguo en foros acerca de este fideicomiso,y veo que hay una lista larga de reclamos alertando a no caer en su trampa.Pero igual llamo por tel a este fideicomiso y me dicen que es deuda del 07/2000 de CTI(ahora Claro)Pedi querer ver algun papel,contarto donde demuestre mi deuda,para saber que es lo que estoy pagando,en caso de hacerlo,y me dijeron de mala manera que NO,que unicamente llame MI abogado y hable con ellos.Me recontra olió a verso,curro,mentira....Entonces me fui a Claro y me dijeron que sí que habian vendido deudas a otras empresas,fideicomisos,ect.El tema que ahora recuerdo mi deuda,pero me reclaman $3500.NO los quiero pagar.Por eso te pregunto:¿Que pasa si no pago,por mas que sea mia,despues de 11 años,me embargan sueldo?¿Me hago la tonta,llamo,aviso algo?¿Que hago?Mil gracias ,y espero pronta respuesta.Marcela

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  118. hola bernardo


    sabes yo hace poco mas de 5 años adquiri un prestamo en la caja de compensacion 18 de septiembre para ser mas especifico octubre del 2005 resulta que cuando me finiquitaron no me descontaron nada de ese credito segundo despues estuve sin trabajo y no pague resulta que hoy trabajo en lan y me descontaron 45.000 pesos correspndiente a la cuota numero 5 de 48 es legal eso que puedo hacer por favor si puedo hacer algo orientame o simplemente pagar lo que no entiendo por que despues de 5 años no tener ningun problema con esto ahora aparecen saludos espero tu respuesta paso_al_frentex100pre@hotmail.com

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  119. Hola Bernardo
    Soy el "avalista para toda la vida"
    Gracias por tu respuesta,la carta de petición la entregue personalmente en el banco y me sellaron un copia que tengo en mi poder.
    la linea de no era de crédito era de descuento de papel y el pagare que no se atendió se negocio 2 años después de dejar yo la sociedad, eso influyen.
    Gracias y un saludo..

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  120. Hola dueño o codeuor del 50% de un televisor.
    Desde el año 1997, si no te han reclamado FEHACIENTEMENTE o tú no has aceptado (también fehacientemente, no de palabra porque "las palabras se las lleva el viento" decimos en España) esa deuda , casi seguro que ha prescrito. ¿Qué quiere decir eso? pues que intenten cobrar de forma judicial: el juez no aceptará acciones legales contra tí. Guarda pues la buena fe, y pon un poco de jeta que te dará más resultado.

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  121. hola paso_al_frentex100pre@hotmail.com
    Como muchos de vosotros/as explicais vuestros temas de una forma muy enrevesada, por lo tengo que imaginarme muchas veces vuestros problemas.
    En términos generales, un crédito tan reciente que seguramente estará bien documentado, pueden hacer lo que quieran. Desde embargarte sueldo y propiedades hasta unos límites legales (en el caso del sueldo, en España te pueden embargar tu sueldo que pase de 1000€ +-). Y como tienen tiempo pues no dejarán que prescriba. Informate en alguna asociación de consumidores.

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  122. Hola cliente de CLARO.
    Esa deuda con 11 años, posiblemente ha prescrito. Las empresas venden (con una rebaja)a otras especializadas en cobros las carteras de sus morosos peores. Estas empresas, por la cuenta que les trae, te van a marear para que pagues, pero como muchas veces no tienen otras razones usaran ese acoso a ver si la persona se aburre y de aburrimiento y desesperación acaba pagando. Si no quieres pagar, tienes que poner cara dura, y ser más fuerte que ellos... porque seguro que van a intentar todas las artimañas que se les ocurran para que pagues. Si el acoso es grave, puedes denunciarlos tú a tu vez ante los juzgados. Paciencia y piensa cómo vas a soportar la que se te viene encima sin ceder.

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  123. Hola Bernardo. Tengo una deuda con el banco de unos 8.000 euros a unos 4 anos. El caso es, que durante todo ese tiempo no he vivido en Espana. Hoy por hoy, no tengo ningun bien a mi nombre, me gustaria pagar, pero no tengo poder financiero suficiente para poder hacerlo en estos momentos. Vivo en Inglaterra, e incluso aqui, tengo una ayuda por parte del gobierno para poder pagar el alquiler del apartamento. Me gustaria mucho saber, si es posible que esa deuda me afecte en el pais en el que vivo ahora, y si es legal que esten poniendose en contacto con mis padres, ya que ellos nuncan han sido acreedores de mi persona y nunca han firmado ninguna documentacion y transaccion por o para mi. Muchisimas gracias por su ayuda.

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  124. hola bernardo el 6/03/09 firme un contrato con e.d.p editores en el cual por engaños de vendedor adquiria un curso semi presencial y resulto q era a distancia... bueno la cuestion es q me he negado a pagar la deuda ya q no es lo q yo contrate con la empresa y esta ha llamado muy de vez encuando tratando de buscar el pago de la misma yo por recomendacion he negado la deuda diciendoles q el curso no fue lo q yo adquiri...pasado año y medio denuncie a la empresa ante ante la seccion de consumo de madrid y estos hasta hace unos dias contestaron diciendome q no hay acuerdo entre las partes. mi sueldo no llega a mas de los 1000 euros mensuales, estoy casado y tengo una bb de 1 año...quisiera saber ¿me pueden embargar el sueldo? yo nunca he recibido ninguna comunicasion escrita de elllos solo telefonicas...ademas no tengo ningun tipo de bien material... y ya han pasado mas de dos años de dicha firma del curso. ¿que acciones podria tomar para remediar q me embarguen el sueldo o me obligaran a pagarles?... muchas gracias por tu ayuda... me gustaria tu pronta respuesta porfavor. muchas gracias!

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  125. Hola Bernardo, como estas?
    Necesito que me orientes por favor, lo que sucede es que hace como 10 años atras, mi padre solicito un credito a la caja de compensacion 18 de septiembre, resulta que la empresa en la que el trabajaba comenzo con problemas de pago y no les pagaba a los trabajadores, entonces mi padre no pudo cancelar ese credito, luego la empresa quebro y estuvieron en juicio y jamas pagaron los sueldos ni años de servicio. Entonces, a la fecha solo una vez le mandaron a notificar sobre este prestamo, esto ya hace mas de 8 años, mi padre se presento en caja de compensacion y le indicaron que debia cancelar toda la deuda al contado, en ese entonces, eran como $500.000, mi padre les indico si habia modalidad de pago, porque estaba sin trabajo y no podia cancelar todo, le indicaron que no, por lo que mi padre no cancelo nada, luego de eso prescribio la deuda por mas de 5 años, y recien ahora lo llaman para cobrarle el dinero que ahora va en la suma de un poco mas de $800.000
    Que podemos hacer en este caso, ya que tengo entendido que la deuda queda sin efecto si el acreedor no notifica al deudor durante 5 años.

    Gracias

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  126. Hola, la empresa ONO nos esta reclamando un pago del año 2007, y obviamente no guardamos los comprobantes durante tanto tiempo.
    Es legal, ellos pueden reclamarme un pago tan antiguo? como puedo demostrar que lo pague?
    gracias, Daniela

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  127. hola,buenos dias me estan reclamando una deuda bancaria del año 2004 desde esa fecha no he recibido ninguna notificacion y hace tres dias una empresa de cobros me la esta pidiendo pero no me he puesto en contacto con ellos.Me gustaria saber si ha prescrito.Han pasado 7 años y ahora mismo estoy en paro.Gracias

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  128. HOLA MI MADRE ME DEJO UNA DEUDA CON UNA TARGETA EN EL 2000 CON CARREFUOR,DURANTE EL PRIMER AÑO ME MANDARON CARTAS DICIENDOME QUE LO PASARIAN POR LO LEGAL PERO AL AÑO DEJARON DE MANDARME CARTAS Y NO HE VUELTO HA SABER DE ELLOS ME GUSTARIA SABER SI AN PRESCRITO O A QUE DEBO ESPERAR GRACIAS.

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  129. HOLA BUENOS DÍAS, TENGO UNA DUDA SOBRE UNA DEUDA, HICE OBRAS EN MI CASA DE LAS CUALES UNAS NO QUEDE MUY CONFORME Y NO HE PAGADO. EL ENCARGO LO HICE EN MARZO DE 2009. DE LA OBRA HAY PARTE QUE NO SE HA TERMINADO Y DESDE HACE MAS DE UN AÑO QUE EL DE LAS OBRAS NO SE PONE EN CONTACTO CONMIGO. YO SI QUE LE DIJE QUE NO ESTABA CONTENTA CON LO QUE HABÍAN HECHO Y EL NO HA PUESTO DE SU PARTE PARA ARREGLARLO E INCLUSO NO DA SEÑALES DE VIDA NI PARA COBRAR NI PARA SOLUCIONARLO. CUANTO TIEMPO TIENE PARA RECLAMARME EL DINERO DE LA OBRA Y ESTÁ EN SU DERECHO SI NO ESTÁ TERMINADA? GRACIAS

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  130. Hola Bernardo, disculpe las molestias pero realmente me tiene preocupado esto; le cuento mi situacion: me estan reclamando una deuda del año1995 desde esa fecha no he recibido ninguna notificacion y hace tres dias una empresa de cobros me la esta pidiendo QUE PAGE LA DEUDA QUE POR LA DEUDA ESTUVE EN CAMARA DE CREDITO DEL 1995 AL 2004 QUE NO PODIA SACAR DURANTE 10 AÑOS NINGUN CREDITO PERO DELA FECHA 2005 HASTA HOY NO TUVE NINGUNA NOTIFICAION LA TENGO QUE PAGAR O NO GRACIAS

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  131. hola Bernardo. En 1999 termine una obra en que yo era el promotor y despues de 12 años, el constructor me ha dicho que el sigo debiendo dinero. Aunque yo estoy seguro de que no. Pero bueno, mi pregunta es ¿me puede meter en juicio despuesde 12 años?

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  132. hola, un fideicomiso me reclama una deuda de CTI del año 2002 prescribió? La de debo pagar? es cierto que me pueden denunciar en Veráz?. Liliana.
    Gracias

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  133. Hola Bernardo, en 2008 mi ex pareja y yo compramos un piso para el que no necesitamos avales debido a la alta tasación del banco. A día de hoy ya no podemos pagar más y la única solución que nos dan es un año de carencia que encarece mucho la cuota después de esta y la cuantía del préstamo en unos 6000 euros, así que la única solución que tenemos es dejar de pagar. En algunos sitios he leído que son 5 años a partir del embargo cuando prescribe y en otros 15, necesito saber si algún día podré llevar una vida normal o este hecho me va a perseguir siempre.

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  134. Buenas, un amigo mío me ha pedido ayuda en relación a lo siguiente. Una gestoría le reclama, después de cinco años sin haberle notificado nada, una deuda por servicios de las últimas cinco Declaraciones de la Renta hechas a mi amigo. El caso es que nunca le habían dicho que tenía que pagar por hacerla, ni nunca antes le habían reclamado nada, ni siquiera le dieron recibos o factur alguna.En esa gestoría tenía el seguro del coche, pero ahora se cambió para una más barata, de ahí que nuna le cobraran supongo. ¿Tiene que hacer mi amigo frenta a la deuda y pagarla?Gracias

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  135. hice una obra para un "amigo" en el año 2006, hasta ahora pude esperar sin cobrar, es más yo declaré la factura en su dia, este cobro de obras de albañileria que le hice, prescribe a los cinco años? gracias por su interés y atención.

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  136. Hola Bernardo, quisiera consultarte lo siguiente: tengo una deuda de TC de hace 3 años aprox, la verdad no la he podido pagar dado que tengo una familia de 5 hijos y estoy sola con esta responsabilidad, la entidad a la que le debo, ha hecho cobros telefonicos, por correo electronico etc...pero nunca ha habido un proceso judicial, por lo menos no que me halla sido notificado a la fecha, esta deuda llega algun minuto en el que caduque o prescriba?? estoy consciente de que lo debo pero no tengo como pagarlo, que puede pasar??
    De antemano, muchas Gracias por tu tiempo y tu respuesta.

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  137. tengo deuda personal en una entidad bancaria y no la puedo pagar por diferentes motivos, paro,etc, no tengo bienes en España, tengo la nacionalidad española, quiero regresar a mi pais Peru, mi pregunta es pueden cobrarme en mi pais la deuda , o hacerme un embargo. gracias anticipadas Bernardo por contestarme a mi inquietud.

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  138. Con todo lo que estoy leyendo, me estoy liando mas de lo que estaba. Decis que una deuda no caduca nunca, y llevo meses, oyendo el TV cuando hablan sobre "El Lute", que su robo ya ha prescrito y por lo tanto la deusa esta cancelada, y mirar que se llevo millones. Ahora trabaja en TV en varios programas y no le embargan los sueldos, ni nadie le raclam nada, por favor ¿me lo pueden explicar?. Gracias.

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  139. hola, quisiera hacerle una consulta, si el moroso debe una deuda de credito(articulo del hogar)dejo de pagar hace 3 año porq esta desempleado hasta la fecha.se puede declarar insolvente?y q pasaria en esa situacion?

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  140. ana 23,01.2012 hola quisiera saber si me puede reclamar una deuda de una factura de telefono que no me quieren enviar,del año 1996,y que hoy me han reclamado de un despacho de abogados¿,me la pueden reclamar judicialmente despues de 16 años?.

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  141. hola,quería hacerle una consulta que no consigo entender. Hace poco me llamaron de una empresa de estas de cobros y me dijeron que tenia una deuda pendiente con vodafone de 600e de 2005 de la cual yo no tenia conocimiento hasta ahora. Les dije que queria ver la factura que me reclamaban porque no sabia de esa deuda y aun me extrañaba mas que hubiera pasado tanto tiempo, me dijeron que ningun problema y lo unico que han hecho es mandarme una carta de esas de usted debe tanto y tiene que pagarlo en tal sitio, como puedo ver la factura? es normal que me lo digan ahora? que debo hacer? muchas gracias por su atencion, saludos

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  142. Hola yo era empresario y uno de mis proveedores me reclamaba una deuda de 6500euros que no era cierta me llevo un par de veces a jucio y no saco nada ahora despues de unos 7 años me viene una carta de cobro de morosos para proceder al cobro que puedo hacer y que derechos tengo que alguien me ayude gracias.

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  143. hola,tengo una pequeña empresa con muchos problemas economicos,un proveedor despues de 6 años sin haberme puesto ninguna denuncia, ni aviso, me envia a una empresa de cobros de morosos, para cobrarme una deuda de 5.500 € despues de 6 años pueden reclamarme el cobro sin haberme puesto ninguna denuncia ni avisos de ningun tipo ?. gracias.

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  144. HOLA BERNARDO,EN EL AÑO 1993 TUVE SENTENCIA FIRME POR UN JUICIO CIVIL DE UN ACCIDENTE DE TRANSITO, LA PREGUNTA ES SI EN ALGUN MOMENTO CADUCA O PRESCIBE ESA DEUDA?EN EL AÑO 2004 FUE EL ULTIMO MOVIMIENTO EN EL EXPEDIENTE. GRACIAS

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  145. Hola Bernardo, te agradecería infinitamente un par de aclaraciones...

    En marzo de 2002, una vecina me presenta, aquí en Madrid, a Victoriano Calero Reyes de CONSTRUCCIONES VICTOR, como persona y entidad de plena confianza. Se le encarga una pequeña obra en esta provincia y confiado en su solvencia por los informes de la vecina, le entrego un adelanto de 2.404 euros que me solicita, el día 20 de ese mismo mes contra un recibo sucinto firmado en papel cuadriculado, toda vez que manifestó no portar el talonario de facturas de la empresa en ese momento. Cuando tiene que empezar la obra, desaparece sin notificar su paradero. Le localizo después de varios meses, tras una ardua labor, en Escalona del Alberche, donde manifiesta no tener dinero para devolverme. Tras varias visitas, me veo obligado a denunciarle judicialmente. El juez emite que no existe estafa. Al no tener nada a su nombre, nada he podido cobrar. Ahora manifiesta no querer saber nada de la deuda y que siga con procesos judiciales.

    PREGUNTAS:

    ¿Me podrías aconsejar algún modo de cobrar?, ¿la reclamación de un abogado, elimina la prescripción?, ¿Es tan válido el burofax como el certificado con acuse de recibo y verificación del texto, que es más barato?

    Muchísimas gracias por tu atención,

    José Rodríguez

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  146. Hola bernardo, a ver si me puedes ayudar estoy muy preocupado.
    Pues la cosa es que tengo una deuda de I.V.A. con hacienda, esta deuda a sido causada por que la empresa para la que trabaje como autonomo, cobraba mi I.V.A. pero luego no me lo renumeraba a mí (yo autonomo),
    Trabaje para esta empresa del 2004 al 2007 y la deuda es referente a I.V.A del 2006 y 2007.
    Le he transmitido en varias ocasiones la necesidad de que me pague el I.V.A. que aun me debe , pero nada.
    Me han comentado que tanto el Delito (cobrar mi I.V.A. en mi nombre) como la deuda que aun tiene conmigo por varias faturas impagadas el I.V.A. ya mencionado han podido prescribir.
    ¿es esto cierto?

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  147. tengo una deuda desde hace 9años con una caja de conpensacion y la empresa quebro y no los pago finiquito hoy despues de todo este tiempo me llaman para cobrarme mi pregunta es si me pueden embargar y si la deuda prescribio

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  148. Hola Bernardo, soy pensionista ,osea una pensión inferior al salario interprofesional me pueden embargar una deuda impagada de un ayuntamiento por valor de 30 euros

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  149. Hola Bernardo,tengo una deuda por impago de un arrendamiento del año 2007.El propietario me ha reclamado el pago por vía judicial al año siguiente (2008) y yo reconocí mi deuda pero me negué a pagarlo ya que me encontraba en una situación económica muy precária y hasta el día de hoy no he tenido ninguna noticia del tema..mi pregunta es cuando prescribe el plazo del propietario para reclamarme esta deuda?Gracias por tu ayuda y un saludo.

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  150. hola bernardo mi pregunta es la siguiente en el año 2007 y 2008 deje de pagar unas facturas telefonicas me e informado que me metieron en el fichero de morosos en el 2008 sin informarme sobre ello e incluso los datos del fichero no corresponden con los que ellos me dicen que debo, nose que tengo que hacer o si los datos y la deuda a prescrito y cuando podría solicitar la cancelacion de los datos en el fichero gracias

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  151. hola , tengo la siguiente duda mi hermana fallecio y dejo una deuda con un pagre firmado , esta deuda nos corresponde pagarla alos herederos y mas aaun sumando intereces por mora e intereces mensuales

    mil gracias
    wilson rivas
    wilsonalbeirorivas@hotmail.com

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  152. Hola Bernardo tengo una deuda del año 1996 reconocida con una persona física, ésta tiene una propiedad hipotecada 100% por el banco, se le puede embargar?? o presionar de alguna manera.

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  153. HOLA BERNARDO MI TEMA ES EL SIGUIENTE HACE MAS DE 15 AÑOS ME DI DE ALTA EN UNA LINEA DE TELEFONIA MOBIL AIRTEL Y DEJE SIN PAGAR UNA FACTURA DE 29 € DESDE ESA FECHA HASTA AHORA NO ME HAN LLAMADO NI ENVIADO CARTA RECORDANDOME LA DEUDA HASTA HACE UNOS DIAS QUE ME ENVIARON UNA CARTA DE UN BUFET DE ABOGADOS, LLAME Y ME DIJO QUE ES POR LA FACTURA DE TELEFONO, SI HA PASADO MAS DE 15 AÑOS CUANDO LA COMPAÑIA SE LLAMABA AIRTEL Y AHORA ME RECLAMA VODAFONE, ME PODRIAS DECIR SI ESO ESTA PRESCRITO O TENDRIA QUE PAGAR LA DEUDA..? GRACIAS

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  154. Hola Bernardo, ante todo felicidade por tu blog, acabo de recibir una carta en la que se me reclama un anuncio en paginas amarillas del año 2001, el pago reclamando es de los meses mayo y junio de dicho año, dicen que el banco devolvio los recibos.... yo a dia de hoy ni tengo cuenta con aquel banco ni papeles de mi anterior empresa que puedan justificar el pago de aquel anuncio.... que puedo hacer, despues de tantos años no ha prescrito ? Espero tu respuesta por favor y ante todo muchas gracias por leerme. un saludo Mari.

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  155. hola, Bernardo, primero felicitarte por sacarnos de dudas a tanta gente y como no, darte mil gracias, luego quería exponerte mi caso en particular, tengo una deuda con Vodafone del año 2004, en el 2006 me enviaron a juicio y se dictó una sentencia en la que debía de pagar la deuda, pasó el tiempo y yo seguí sin pagar, hace un par de meses me llegó una carta del asnef en la que me decían que por esa deuda me habían incluido en un fichero de morosos, despues de 8 años, lo pueden hacer? hay alguna manera de salir que no sea pagando?, muchas gracias

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  156. hola bernardo como estas hoy me llamo una agencia de cobranza diciendome q tengo una deuda pendiente con una compañia telefonica de hace 31 de marzo del 2011 y recien hoy 25 de junio 2012 me informan, ya que yo suspendi el contrato con ellos les cancele todo lo adeudado y resulta q ahora les debo de esa fecha pero ellos nunca me mandaron a cobrar nada. cual es mi derecho. cuando les pregunte me dijeron esta todo pagado.
    atte sorprendida.

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  157. hola dr.bernardo soy marcelo ruiz de argentina , queria consultarle algo pero creo que ya se canso de responder de tantas preguntas que le asen...pero bueno ya que no puedo consultar , lo voy a saludar y espero que se encuentre bien , cuando vuelva a entrar a su blog , no se asuste de tantas preguntas que quedaron pendientes de gentes con problemas..saludos desde tucuman argentina ...y si algun dia tiene un poquito de su tiempo mandeme un mensaje. este es mi mail: marcelo1999@live.com , necesito hacerle una consulta . gracias dr. y hasta entonces.

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  158. Bernardo , buenas tardes, te comento lo siguiente ya que a partir de la fecha y por estar nuevamente en el seistema fiananciero , me entero que tengo una deuda con compania financiera, la misma es de año 2004, al tratar de gestionar un anueva targeta de credito, esta no me la facilitan por encontrar esta deuda, pregunta..?? la misma caduco y si es asi por que figura en el veraz, de otra manera la tendre que pagar y sacar un libre de deuda..??

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  159. Necesito ayuda, tengo el siguiente problema y es el siguiente. hace 7 años demande a un cliente por 24.000 euros que me dejo a deber por una vivienda que le hice, al final del trabajo falto dicha cantidad. lo mande a juicio y lo perdí. dictando el juez que el dinero se lo debía yo a el, ya han pasado 7 años y todavía no a reclamado el dinero esto prescribe un saludo

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  160. Buenos días, en el año 2000 por problemas financieros, dejé de pagar una tarjeta de crédito a una entidad financiera que quebró y los acreedores fueron derivados a otra entidad financiera. La deuda fue a parar a otra entidad que se encarga de cobrar a los acreedores. El asunto es que ahora en setiembre de 2012, me reclaman de forma telefónica una deuda que ésta última entidad tiene desde el año 2004. Mi pregunta es si estoy obligado a pagar ésta deuda y que perjuicios me puede acarrear el no pagar.
    Agradezco una respuesta.

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  161. hola te agradesco mi ayudes en mi caso hace hace 4 años adquiri una deuda de 5 millones con davivienda y pague durante 18 meses cumplidamente mi cota de 200000 mil pesos cada mes pero de repente me quede sin empleo y al pasar un mes me llamaron y me dijeron k k pasaba con mi cota me llamaron durante unos 3 meses a conciliar k pagara un monto , k me dejaban la deuda en algo menor pero pues muy tentadoras las conciliaciones pero no tenia empleo asi k no podia decir k si y pues x ultimo mi telefono se perdio en un taxi y no volvi a saber de ellos no tengo ningun bien nada de eso nisiquiera tengo empleo y mi madre me da la comida asi k me gustaria saber k pasara gracias

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  162. Hola tengo una deuda con el banco, en el año 2006 no pude pagar más y ahora por un celular me dejaron un msn intimandome para pagar. Es correcto lo que ha hecho el banco, me pueden embargar? Grecias

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  163. HOLA mira espero me puedas ayudar en mi duda hace como catorce años mi esposo adquirio una deuda en una caja popular en ese tiempo yo todavia no me casaba con el nos casamos por sociedad legal en el 2002 tiempo despues lo de esa caja fueron la deuda fue transmitida a otra persona la cual pagaria el montopero no fue asi al poco tiempo fueron a embargar los bienes a mi casa y se llevaron algunos electrodomesticos y desde esa vez que fueron ya no se han parado por ahi mi Pregunta es ¿cuanto tiempo tiene para preescribir la deuda, todavia pueden cobrar algo y si pongo algun bien a mi nombre melo pueden quitar por estar casada por sociedad legal o no?

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  164. Hola ! mi papà tuvo una causa de desalojo ( de una tierra que una Sociedad abandonò por mucho tiempo y nosotros la poseiamos desde 20 anos mas o menos con nuestra actividad acentada en ese lugar ) un Tribunal ordenò una Causiòn de € 50mil a favor de y èl firmò la entrega , pero èl nunca firmò ningun contrato de alquiler o algo similar anteriormente con ellos , solo que mi hermano un ano antes que se presenten pagò un arrendamiento en negro al titular por medio de un Banco , que en realidad su S.A no existe mas desde el 2003. Pero cuando piden el predio la que se presenta cn abogados es la S.A ( ano 2011 la entrega se hizo en 2012 durò casi un ano la entrega ), visto la Causiòn de tan poco valor ,y visto que la S.A no quiere llegar a ningun arreglo como se hace para terminar todo ???. , la Cauciòn vence en mayo, eso me dijo el Garante .

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  165. Estimado Bernardo!
    Muy buena la idea de poder aclarar cuestiones que muchos abogados no les interesa aclarar a sus clientes y muchas veces prefieren pleitos.
    Por cuestión de mi propia ignorancia, una vez firmé un pagaré a una abogada por sus honorarios por una acción que luego no decidí llevar a cabo porque su orientación no era la mejor, profesionalmente hablando. Le pagué una parte en efectivo. Esta abogado de la provincia de Bs. As., Argentina, protestó el pagaré oportunamente reclamado. A todo esto fui a una fiscalia donde me brindaron asistencia gratuita. La cuestión es que estuvo parado mucho tiempo el expediente. Cuando solicité la caducidad de la causa la jueza que entiende en la causa no me la brindó. Como se sabe hay entongue entre jueces y abodados y yo quedé en ese entongue debiendo algo que no es real.
    Se que no puedo argumentar propia ignorancia, ahora no me pasaría, pero me pasó.
    Debería solicitar la prescripción de esa deuda, que es lo que me convendría hacer.
    Cuando la solicito, la abogada reclamante de ese pagaré ejecutivo recibe una notificación y reactiva el expediente, lo que se hace interminable en tiempo y habiendo pasado largos períodos de tiempo sin movimiento.
    Le agradezco anticipadamente su respuesta.
    Slds.
    Mr Slippery

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  166. Buenas tengo varios préstamo y tarjetas que no puedo pagar por estar en paro todo firmado antes de casarme no hicimos separación de bienes y mi mujer es autónoma me metieron en lista de morosos y dicen van a emprender hacciones legales para reclamar la deuda mi paro son 780 que puede pasarme me quitamos el paro no tenemos propiedades ni vehículos ni nada espero su respuesta muchas gracias

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  167. hola bernardo le expongo mi caso
    hace 15 años mi padre me hizo firmar un prestamo de 2 millones de pessetas y luego no se pago.Dsde el año 2009 me retienen de mi nomina un importe para ir pagandolo y ya lo he acabado de pagar,pero ahora el banco me reclama 9 millones de pessetas de intereses!!!!
    hay alguna manera de recurrirlo ?
    gracias

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  168. Bernardo dejo de contestar el 8 de julio de 2011 11:55 .Se canso de tanto moroso

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  169. berdardo ,hola mi pregunta es sobre FRONTERA CAPITAL me mandaron una carta ke debia 9000 euros me kede muerta pero me llamaron a los dias un hombre con un tono y unas amenazas ke me iva investigar y a envargar y yo todavia no se de ke va todo esto ahora tengo un mensaje en el contestador ke tengo hasta las 14.00 para pagar o haran acciones legales ,llamadas sin cesar yo no las cojo desde ese hombre ke me asusto tanto

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  170. hola necesito saber lo siguiente tenia una deuda de un taller de fecha 3/09/09 de 380.48 no me han reclamado en todo este tiempo es de empresa a empresa pero la empresa ya no existe y me reclaman a mi como administrador único yo quiero saber si pueden acosarme los cobradores estos que se disfrazan como me están acosando o si puedo denunciar y si a prescrito la deuda saludos.

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  171. Hola Bernardo, soy de Argentina y tengo un juicio por ejecucion prendaria, en estos dias se cumplen 15 años sin movimientos de la causa, mi pregunta es si ya estoy limpio con esto o la deuda me queda de por vida, debo pedir cierre de la causa o dejar todo como esta? Gracias por tu tiempo.

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  172. Hola bernardo preguntarte sobre una deuda de 1997 no me a yegado nada asta hoi que me yega del juzgado una mejora de embargo y ya an pasado 16 años que puedo hacer

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  173. hola mi hijo firmo una hoja sin membretar donde le cobraban 8,000 como no pago le esta llegando una horden extrajudicial esto es hace 5 años mas o menos que procede

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  174. Hi My name is 'Bruno Rico' just want to share my experience with the world on how i got my love back and saved my marriage... I was married for 7years with 2kids and we lived happily until things started getting ugly and we had fights and arguments almost every time... it got worse at a point that she filed for divorce... I tried my best to make her change her mind & stay with me cause i loved her with all my heart and didn't want to loose her but everything just didn't work out... she moved out of the house and still went ahead to file for divorce... I pleaded and tried everything but still nothing worked. The breakthrough came when someone introduced me to this wonderful, great spell caster who eventually helped me out... I have never been a fan of things like this but just decided to try reluctantly cause I was desperate and left with no choice... He did special prayers and used roots and herbs... Within 7 days she called me and was sorry for all the emotional trauma she had cost me, moved back to the house and we continue to live happily, the kids are happy too and we are expecting our third child. I have introduced him to a lot of couples with problems across the world and they have had good news... Just thought I should share my experience cause I strongly believe someone out there need's it... You can email him via greatgumblaspellhome@gmail.com Don't give up just yet, the different between 'Ordinary' & 'Extra-Ordinary' is the 'Extra' so make extra effort to save your marriage/relationship if it's truly worth it.

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  177. buenas tardes bernardo,

    Tengo un problema, pues en 2008 hice unas compras en mediamarkt y me concedieron un prestamo de 1800 euros el banco cetelem que es quien trabajaba con ellos. De hace unos dos o tres años asta hoy no paran de llamarme, a todas horas y me ha dicho una teleoperadora de las que te amargan que deje de pagar en octubre de 2008, mi pregunta es... este octubre hace los 5 años, me prescribe y por eso ahora me llaman mas a menudo?

    Gracias

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  178. La pregunta es.. me prescribe?

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  180. Mis saludos señor Bernardo:
    Mi consulta es la siguiente: Hace treinta años me separe y más tarde me divorcie.
    Antes de la separación, es decir cuando aun éramos marido y mujer firme unos papeles que confiando en el que era mi marido no me dijo que era para un coche, es decir me engaño. Cuando llego el momento de firma el divorcio el reconoció que me mintió y en una clausula de dicho divorcio él se comprometió a asumir dicha deuda.
    Ahora después de treinta años el banco sin citación, sin aviso previo, sin carta, me quita de mi cartilla parte de esa deuda y me deja esta a cero.
    Me lo reclaman ya que mi marido murió hace trece años, pero el banco a él no se lo reclamo durante nueve años, antes de morir, esto en normal.
    Por favor me puede ayudar. Muchas gracias

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  181. Mis saludos Sr. Bernardo
    ¿Que caducidad tiene un contrato con reconocimiento de deuda, por venta de material?
    un saludo

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  182. Buenas tardes Sr. Bernardo

    Le ruego me ayude con la siguiente duda.

    En el año 1998 me condenaron bajo sentencia al pago de un prestamo con una entidad bancaria, el cual no pague por falta de medios, a fecha de hoy aparezco en solo cirbe con ese prestamo, en ningun otro fichero de deudas aparezco, incluso hace siete años me concedieron una hipoteca de mi actual vivienda, tambien desde hace mas de diez años tengo trabajo fijo con nomina y nunca han intentado cobrarme dicho prestamo. Mi pregunta es la siguiente, ¿dicha deuda prescribio?, ¿es posible si es el caso solicitar la baja de mis datos del cirbe? y por ultimo, ¿que tramite deberia de seguir?

    Muchas gracias.

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  183. Buenos días Bernardo,
    Tuve que cerrar una empresa, pormotivos económicos, era insostenible.
    He dejado pendiente de pago alguna factura, porque no la puedo asumir.
    CESCE me reclama un importe de 1.300 € que pasaría si no lo pago?
    Puedo dejar sin pagar el resto de facturas, ya que como te comento, la empresa no tiene ningún tipo de actividad?

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  184. Buenas noches Bernardo.
    Acavo de recibir una carta de una Empresa llamada Salus Inversiones Y Recuperaciones, esta Empresa me reclama una deuda de 45,24 € de un impago a ORANGE, creo que la antigua AMENA hoy resucitada o en su defecto France Telecom España, la cual me comunican que ceden su cartera de creditos a la citada Empresa ( SIR ), Bueno pues esta deuda no lo recuerdo pero debe de ser alla por el año 2001, en su dia recibi como es normal varias comunicaciones de reclamo, pero esto se paralizo HASTA LA PRESENTE, es decir ninguna comunicacion por parte de nadie.
    Bernardo que hago con esto?????

    gracias.-

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  185. buenos días Bernardo , igualmente me ha llegado una carta de la empresa SIR exigiendo el pago de una factura efectuada a fecha del 12 de marzo del año 2009 que debo a ORANGE y que tengo que abonar a esa empresa. El caso es que he mirado los extractos bancarios y no hay ningún cargo de esa cantidad en esas fechas ni en anterioridad ni posteriori (me imprimo todos los movimientos de la cuenta bancaria atraves de internet desde el año 2008 por que no me fio nada del banco y a si voy repasando) es mas , en esa fecha ya estaba en otra compañia telefónica en la línea de teléfono fijo internet . Teléfono móvil estaba y estoy en ORANGE . He mirado toda mi facturación de ORANGE de móvil y fijo en la pagina web a la que tengo acceso como cliente a ver todas mis facturas, y no sale nada de impago de ninguna factura . Llamo por teléfono a ORANGE y después de mirar y remirar me dicen que no hay ninguna factura impagada ni ha habido . Llamo a la empresa que me exige por carta el pago de esa factura impagada a ORANGE que no sale ni en el banco ni en ORANGE ni en papel y me dicen de muy malas maneras que si no les ingreso la cantidad que ellos dicen me ponen en las listas de morosos en 30 dias y punto . La empresa esta SIR ha adquirido la cartera de deuda de ORANGE y no se como puedo salir yo como deudor de ORANGE.ORANGE ha abierto expediente y me enviara una carta explicando que yo no debo nada a ORANGE , pero cuando he intentado explicar esto a la empresa SIR su respuesta es que les da igual lo que ORANGE diga y que no me moleste en enviarles la carta por fax , que pague y solo que pague , les digo que si puede ser que me envíen esa factura impagada para verla y me dicen que ellos no me enviaran nada. ¿Esto es legal? ¿pueden poner a una persona en un fichero de solvencia patrimonial sin saber de cierto si están cometiendo algún error y no querer comprobar si esa supuesta factura es correcta?

    Gracias

    ResponderEliminar
  186. Hola,
    En nombre de Nicom Marketing Service quiero certificar que se trata de una compañía de licencia de préstamo, estamos certificados prestamista, así como un inversionista ángel hemos estado en préstamos comerciales como Ángel y tenemos una buena cabeza para los necesitados no son steal.We a nuestro cliente necesita para ayudar a los pobres de este préstamo viene del Servicio de Comercialización Nicom (bien común)
    En mi programa de préstamos, las tasas de interés son bajas, pero en el corto plazo en efectivo. Interés necesaria para el préstamo es del 2% con una duración de no más de 360 ​​meses (31 años), pero puede ser menor.
    La duración mínima para este préstamo es de 24 meses, que es de 2 años. En estos 24 meses, se espera que el prestatario para hacer pagos de préstamos que hace que sea aún más fácil de pagar. nicommarketingservice@yandex.com a
    contestar, me envía su número de teléfono.

    Espero su respuesta lo antes posible. Para cualquier consulta, no dude en preguntar.

    Saludos cordiales

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  187. Buenos días Sr. Bernardo. Necesito su ayuda. He recibido unacédula de emplazamiento para comparecer en juicio por reclamación de cantidad por unes factures de una Antigua empresa de la que fuí administradora. las factura son de las fechas 31/12/2005, 15/02/2006, 15/03/2006 y 15/03/206, por un total de 4.181€.
    Me gustaria saber si estas deudas ya han prescrito, es la primera notificación de reclamación de deuda de la que tengo conocimiento y que me ocurriría si me declaran en rebeldía. En estos momentos vivo en Barcelona y el juzgado que reclama es de Córdoba.
    Debo indicarle que tengo mi nómina embrgada por estar atendiendo pagos a otros proveedores.
    Un saludo

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  188. hola sr bernardo queria saber si teniendo deudas en españa me pueden cobrarlas en otro pais.no puedo ya pagar.gracias

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  189. Be careful here. Nobody can help you here or even suggest how you can get financial help. Any answer of a loan lender to your question, you MUST ignore,because they are SCAMS…real SCAMS…i was a victim of which i was ripped thousands of dollars…well thank God for a Christian sister who referred me to a loan organization formed by some Christian Women. it is called Christian women Trust-funds Cooperative Organization (C.W.T.C.O)
    christainwomentrustloans@gmail.com They made my life a valuable one and gave it a meaning. When the sister gave me their contact, I contacted them. Then I
    requested for a loan with all the necessary evidence to prove that I actually needed a loan, they approved a loan of $60,000.00 USD and in 48 hours after meeting up to their necessary requirements, my loan was deposited in my bank account without collateral. Though i was very nervous with the loan organization
    at first due to my previous bad experiences, especially when the issue of me settling the transfer charges came up, I hold on to my faith due to the fact
    that my relative referred me, got it cleared,and as God should have it, little did I know that my financial shortcomings has come to a final HALT. If not for
    that quick referral from a christian sister to that genuine source ,I would have regretted my total life,because at that point in time i just divorced the father of my son, and my son (Kennett) was faced with a life and death situation. I was faced with his hospital bills and i was also faced with foreclosure at my apartment. Details of this GOD-SENT organization won’t be disclose for now for fear of impersonation ( because it has been discovered that some persons are not really in need of financial help, but they just want to collect money from this genuine christian loan organization). And it is because of this reason they don,t give out loan anyhow. You must be able to convince them very well, and provide good proofs to show that you really need a loan before they can approve it for you. Their charge is very affordable and reliable compare to many out there,their interest rates is just 2%,little documentation,and little credit check. As i have earlier said, for security reasons i can only provide their email address. Embrace this new initiative.Feel free to contact them via Email(christainwomentrustloans@gmail.com) as their loan officer/rep sir perry smith will attend to you and you will be free from scams and financial
    burdens

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  192. hola! le comento, hace 7 años terminaron la construccion de mi vivienda, en la que se presupuesto 126000, yo le iba dando al constructor el dinero cuando me lo pedia y me daba un recibo firmado con la cantidad entregada, el tema es que no encuentro todos los recibos y estoy segurisima de que está pagado todo y ahora me reclama 10200 euros. La obra finalizó en 2007. El último pago se hizo en diciembre de 2008

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    se corre hacia él. Am señora, Anna. Desde Chile, la semana pasada Lunes,Yo estaba buscando préstamos para pagar mis cuentas, así que me meto en la
    parte de diferentes estafas y yo era el fraude diferente prestamista, si no para la señora, Sadaih que es mi buen amigo me presentara a la señora Piedad Lisa
    (CEO) merced compañía de préstamos de lisa, y él me ayuda con un préstamo de $ 300,000 sin estrés. Así que mi buena gente de Chile, puede ponerse en contacto con él
    por correo electrónico: mrsmarylisaloanhome@gmail.com Y no te olvides de decirle a él, para que te presente a su empresa

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    En nombre de este Servicio de Comercialización Nicom queremos certificar que se trata de una empresa de licencias de préstamo,
    estamos certificados compañía de préstamos, así como un inversionista ángel que hemos estado en este préstamos de negocios como Ángel y tenemos una buena cabeza para los necesitados no robar.
    Estamos en nuestro servicio al cliente, ayudamos a los pobres Este préstamo viene del Servicio de Comercialización Nicom (Better Day) En mis préstamos del programa, los tipos de interés son bajos, pero en el corto plazo en efectivo. Interés necesaria para el préstamo es del 2% con una duración de no más de 360 meses (31 años), pero puede ser menos.
    La duración mínima para este préstamo es de 24 meses, que es de 2 años. En estos 24 meses se espera que el prestatario para hacer pagos de préstamos que hace que sea aún más fácil de pagar. Email: nicommarketingservice@gmail.com a
    contestar, me envía su número de teléfono.

    Esperamos su respuesta lo antes posible. Para cualquier consulta, no dude en preguntar.

    Saludos cordiales

    Albert Grace a nombre de Servicio de Comercialización Nicom.

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  196. Por qué necesita un préstamo? en caso afirmativo en contacto con nosotros a través de lobitohelpfunds@hotmail.com

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