sábado, 28 de marzo de 2009

Sobre los registros de morosos: lo que hay que saber.

Un registro de morosos es una base de datos donde se registran los datos relativos al incumplimiento de obligaciones de pago. Hay varios registros, pero los más importantes en nuestro pais son el Registro de Aceptaciones Impagadas (RAI) y el de la Asociación Nacional de Entidades de Financiación (ASNEF-Equifax). Estar en uno de estos registros puede tener graves consecuencias, pues las entidades los consultan para conceder préstamos, financiación, incluso para conceder tarjetas de crédito.
En cualquier caso, no basta tener una deuda impagada para ser incluido en un registro de morosos. Es preciso que esa deuda esté vencida y que antes se haya requerido el pago. Además, el consumidor que quede incluido en un fichero debe ser informado de ello en un plazo máximo de 30 días. Hay que dejar trascurrir tres meses antes de anotar al deudor en el registro, y no se le puede incluir si se trata de una deuda contra la que ha reclamado y está pendiente de resolver.
Si paga la deuda, sus datos sólo podrán figurar en la lista de morosos durante un máximo de tres meses más, con la inicación clara de "saldo deudor cero".
El consumidor que haya sido incluido en un registro de forma indebida, tiene derecho a la rectificación o cancelación. Para ello, puede dirigirse al responsable del fichero o a la entidad que facilitó los datos, acreditando la inexistencia de la deuda, o su cancelación, y presentando una copia del DNI. Si no respetan sus derechos, denúncielo a la Agencia de Protección de Datos ( C/ Jorge Juan, 6 28001 Madrid. Tel. 913996200 - 901100099).



Copiado de Dinero y Derechos n.77 Julio-Agosto 2003.

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