viernes, 21 de agosto de 2009

Solo dos de cada diez empresarios españoles, reclaman las deudas ante le juez

Con esa actitud, se pierden más cosas, además del cobro más o menos inmediato de la deuda.
Se pierde el IVA de esa deuda que hemos pagado a Hacienda de nuestro bolsillo, porque sin reclamación judicial no podemos pedir su devolución.
Se pierde un posible cobro en el futuro, porque esa deuda tiene 15 años para prescribir, y el deudor insolvente hoy puede dejar de serlo mañana. Es conveniente revisar su solvencia periódicamente y no desmayar.

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